Economia y negocios
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El Supremo ratifica la nulidad de la ampliación de la ZEPA de El Hito frente al ATC

El ayuntamiento de Villar de Cañas celebra la decisión del alto tribunal

Vivero de empresas ya construido junto a los terrenos donde se construiría el ATC en Villar de Cañas (Cuenca). / Ayto. Villar de Cañas

Cuenca

El Tribunal Supremo ha confirmado la nulidad de la ampliación de la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) de la laguna de El Hito propuesta por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. La ampliación de esta figura de protección ambiental alcanzaba hasta los terrenos en los que se proyecta la construcción del Almacén Temporal Centralizado de Residuos Nucleares (ATC) en el término municipal de Villar de Cañas.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, a instancias del Ayuntamiento de Villar de Cañas, ya había anulado en 2018 este decreto por falta de justificación técnica y desviación de poder, “ya que se omitieron informes obligatorios y quedó demostrada que la única intención de esta decisión no era proteger a las aves, sino paralizar un proyecto nacional que no interesaba políticamente al gobierno regional”, según valoran desde este Consistorio.

La Junta recurrió esta sentencia en casación ante el Tribunal Supremo y éste, en su sentencia hecha pública el 2 de octubre de 2020 confirma, no solo la nulidad de la ampliación de la ZEPA por la Junta, sino que en la elección del emplazamiento del ATC en Villar de Cañas se ponderaron todos los criterios técnicos, motivo porque el que ratificó, en su día la decisión del Consejo de Ministros. La sentencia afirma expresamente: “El Estado, cuando adoptó su decisión de ubicación del depósito nuclear, procedió a la ponderación de todos los intereses públicos concurrentes ---en decisión que fue ratificada por este Tribunal Supremo--- y, en especial, los intereses públicos medioambientales”.

A juicio del Ayuntamiento de Villar de Cañas “esta decisión supone un relevante espaldarazo a la construcción del ATC en Villar de Cañas, porque reafirma que el Tribunal Supremo avala el emplazamiento en la localidad al reunir todos los requisitos técnicos, medioambientales y científicos”.

 
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