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Confirmada la improcedencia del despido de una trabajadora en una empresa con pérdidas durante 5 años

La operaria es representante de los trabajadores y tiene la opción de ser readmitida y cobrar los salarios de tramitación o de recibir una indemnización de casi 49.000 euros

Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León / Ricardo Ordóñez Ical

Palencia

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que confirma otra de primera instancia del Juzgado de lo Social de Palencia, ratifica que el despido de una trabajadora de una empresa de Palencia que es representante sindical, fue improcedente, a pesar de que la empresa alegó que arrastraba cinco años de pérdidas. La trabajadora, representada por la abogada palentina Amaya Rodríguez, de AFYSE Abogados, tiene la opción de ser readmitida o de cobrar una indemnización de casi 49.000 euros.

La empresa despidió a la delegada sindical alegando causas económicas. Ante ambos juzgados, el de primera instancia y ahora ante el alto tribunal de Castilla y León, presentó documentación contable de la que se desprende la conclusión de que se habían producido pérdidas económicas en los ejercicios que van de 2015 a 2019. Sin embargo, el TSJ ratifica que el despido objetivo por causas económicas es improcedente.

En el fallo judicial se da la opción a la trabajadora, por ser representantes de sus compañeros, para optar entre la readmisión y el cobro de salarios de tramitación o el derecho a recibir una indemnización que asciende a un total de 48.953,48 euros. En la carta de despido le reconocían una indemnización de 24.905,16 euros a una operaria de la empresa de informática en la que entró a trabajar el 8 de enero de 1996. A ese reconocimiento inicial de indemnización por parte de la empresa, se suman ahora otros 24.048,32 euros que reconoce el tribunal.

La firma calificaba de "incuestionable" su situación de pérdidas económicas. Sin embargo, el tribunal entiende que esas pérdidas se fueron aminorando mucho en los años, razón por la que entiende que el despido fue "desproporcionado". La recurrente deberá abonar a la abogada de la recurrida la cantidad de 500 euros más IVA en concepto de honorarios, según se recoge en la resolución a la que ha tenido acceso Radio Palencia de la Cadena SER.

 
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