El TSJ no admite la querella presentada por familiares de usuarios de la residencia de mayores de Santo Ángel

No admiten la querella presentada por familiares de usuarios de la residencia de Santo Ángel / Getty Images

La Sala Civil ha acordado no admitir la querella interpuesta por familiares de usuarios y fallecidos en la residencia de mayores de Santo Ángel, en Murcia, contra los consejeros de Salud y de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social; el director general de Salud Pública y Adicciones, y los gerentes del Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) y del Servicio Murciano de Salud (SMS).
Los querellantes solicitaban la investigación de los delitos de prevaricación administrativa, omisión del deber de socorro, homicidio imprudente, lesiones y trato degradante, informaron fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) en un comunicado.
Según concreta la resolución, los querellantes vierten diversos reproches a la actuación de las autoridades sanitarias competentes, que se personalizan en los querellados como máximos responsables de los organismos en materia de gestión de la asistencia sanitaria, coordinación hospitalaria, salud geriátrica, personas mayores, personas con discapacidad o con enfermedad mental crónica.
Estos reproches, que se van enumerando a lo largo del escrito de querella, se resumen en que los querellados, "a sabiendas de su injusticia, abandonaron a los mayores de la residencia durante más de una semana, impidiendo con su actuación omisiva que recibieran la ayuda médica y asistencial que necesitaban".
La querella concluía que "estas acciones y omisiones negligentes, imputables a las autoridades públicas competentes, han tenido consecuencias fatales", como "causa de un padecimiento innecesario por parte de residentes" y del fallecimiento de otros. Las familias también aludían a que "la falta de información supone un trato degradante a los familiares que también es imputable a las autoridades públicas".
La Sala, de acuerdo con el informe del Ministerio Fiscal, se declara competente para resolver sobre la admisibilidad de la querella presentada en atención a la condición de aforados que tienen dos de los querellados, por ser consejeros del Gobierno Regional, al tiempo que inadmite a trámite la misma.
La resolución recuerda, en coherencia con la posición reiterada de la Sala, apoyada en el criterio sentado por la Sala II del Tribunal Supremo, la exigencia de que cuando se imputan acciones criminales a distintas personas y no todas tienen la condición de aforado, el procedimiento se inicie contra el querellado que no ostenta dicha condición, sin perjuicio de que si el instructor al que corresponda conocer de los hechos estima, "una vez agotada la investigación", que "existen indicios de criminalidad suficientes contra la persona aforada", proceda a remitir a la Sala de aforamiento una exposición motivada.
Entienden los magistrados que tal criterio resulta de aplicación, incluso con mayor motivo, a este caso, en el que "existe ya al menos un procedimiento judicial incoado por los mismos hechos e iniciado por querella de los mismos querellantes contra otras personas, ninguna aforada, distintas de aquellas contra las que se dirige esta segunda querella".
Recuerda el auto que, en este caso, la acción penal se ha dirigido en las sucesivas querellas contra nueve personas, de las que solo dos son aforados, y que "la narración fáctica contenida en la querella evidencia una manifiesta indeterminación de los concretos hechos atribuidos a los querellados aforados, más allá de su posición de responsables últimos de dos Consejerías con competencias en materia de salud y política asistencial".
"No resulta posible realizar un adecuado juicio de escindibilidad entre unas y otras conductas y circunstancias, en aras a fijar con el suficiente rigor el alcance de la competencia objetiva de esta Sala en relación al 'iter' delictivo y los resultados típicos descritos en la querella, hasta el punto de convertir la instrucción judicial que se nos reclama en meramente prospectiva", concluye la resolución.

Paqui Pérez Peregrín
Paqui Pérez Peregrín es licenciada en Periodismo por la UCAM y licenciada en Publicidad y Relaciones...




