"Un confinamiento exigiría un nuevo estado de alarma": la opinión de un catedrático en Derecho Constitucional
Miguel Presno asegura que, en la actualidad, no es posible confinar por municipios ni tampoco fines de semana
El catedrático de la Universidad de Oviedo considera que "el actual estado de alarma no permite lo que se está haciendo en Madrid"
Miguel Presno, catedrático Derecho Constitucional, sobre las limitaciones estado de alarma
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Asturias
Cada vez son más las comunidades que sopesan decretar el confinamiento domiciliario. La mala evolución del coronavirus obliga a plantearse medidas como la del pasado mes de marzo. Sin embargo ¿es posible bajo el paraguas del actual estado de alarma? La respuesta de los expertos es clara: imposible.
Miguel Presno, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Oviedo, ha explicado en la SER que "ningún gobierno autonómico ni tampoco el central podría. La medida más intensa de limitación de nuestra libertad en el actual decreto es el confinamiento parcial nocturno que puede ir de diez de la noche a siete de la mañana y que luego cada comunidad puede graduar iniciándose a las diez, once o doce y concluyendo a las cinco, seis o siete. El decreto no ampara medidas más restrictivas. Si se quisiera ir a ese confinamiento sería necesario que el Gobierno central aprobara un nuevo decreto de estado de alarma donde se contempla esa posibilidad".
Algunas comunidades estudian el confinamiento de fin de semana mientras otras hablan de municipios. ¿Éstas opciones tienen cabida? Tampoco. Pone como ejemplo a Asturias. "Hay tres concejos sujetos a esta norma a través de cierres perimetrales. pero siempre con una duración de siete días. Se podría mantener el actual sistema de que uno no salga de su municipio con un mínimo de una semana pero no la prohibiciòn de salir del domicilio" y también apunta a lo sucedido en Madrid. "Hay discrepancias jurídicas en este ámbito. El actual decreto, en mi opinión, no permite lo que se está haciendo en Madrid: cerrar cuatro días, abrir y luego volver a clausurar. Desde mi punto de vista, la norma es clara y cuando se acuerde este tipo de decisiones tiene que tener una duración mínimas de siete días porque se entiende que ese es el tiempo necesario para que pueda surtir efecto".
En esta situación ¿qué vías se abren? "Hay dos opciones. Un estado de alarma lo puede acordar el Gobierno central por iniciativa propia o por petición de las comunidades. Si considera que hay que ir a un confinamiento más largo debería aprobar uno nuevo y a los quince días llevarlo al Congreso de los Diputados. Otra opción es que bastaría con que el Congreso se reuniera y acordara la introducción de ese tipo de modificaciones". Sin embargo, en este punto Presno lo ve más "forzado porque cuando hubo ocasión de hacerlo fue en el debate en la Cámara baja. Se podían haber introducido requisitos nuevos y hubo un plazo para enmiendas donde no se presentaron. Esa vía parlamentaria tampoco sería muy ágil. Sería más rápido que el Gobierno se reuniera y acuerde un nuevo decreto", ha apuntado.
Josu Alonso
En la actualidad cubre información política aunque, con anterioridad, ha pasado por todos los departamento...