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Las aportaciones municipales a la nueva Ley por el Derecho a la Vivienda Digna dan protagonismo al alquiler

El Ayuntamiento de Valladolid propone medidas concretas para garantizar que todos los ciudadanos tengan derecho a una vivienda

Manuel Saravia, concejal de Planeamiento Urbanístico / Ayuntamiento de Valladolid

Manuel Saravia, concejal de Planeamiento Urbanístico

Valladolid

La nueva legislación debe garantizar de forma eficaz el acceso de todos los ciudadanos a una vivienda, incluso en esta situación, y este derecho constitucional es el que invoca el Ayuntamiento de Valladolid en el documento que ha remitido al Gobierno de España. Así lo ha resaltado Manuel Saravia, concejal de Planeamiento Urbanístico y Vivienda, al presentar a los medios de comunicación las propuestas del Ayuntamiento de Valladolid.

El futuro Plan Municipal (2021-2025) recogerá la contribución del Ayuntamiento de Valladolid al proyecto diseñado por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana: actuaciones para promocionar el régimen de alquiler como medida eficaz para procurar una vivienda; el incremento del porcentaje obligatorio para viviendas de protección oficial; la definición de la “infravivienda”; establecer que los hogares no dediquen más del 30% de los ingresos del hogar al pago de la vivienda; aprobar mecanismos para evitar que haya viviendas vacías; crear una Oficina Única en las ciudades para facilitar a los ciudadanos todas las gestiones sin necesidad de que recorran todas las administraciones; impedir los desahucios sin alternativa,.. 

La Concejalía ha elaborado un escrito para colaborar a la redacción de la nueva Ley estatal por el Derecho a la Vivienda, en el marco de la Consulta Pública previa por responsabilidad institucional y por ser coherente con el nuevo Plan de Vivienda de Valladolid, actualmente en redacción. 

En este documento se proponen algunas posibles soluciones al asunto de que se trata, de carácter regulatorio y no regulatorio, tal como se prevé para los procesos de consultas en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

También, conforme a la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno (en su art. 26: “Procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos”), se plantean cuestiones que inciden en la distribución de competencias (se habla de poder compartirlas entre administraciones), el impacto económico y presupuestario de algunas propuestas, las cargas administrativas que supondrían, el impacto de algunas normas propuestas por razón de género, estudios y consultas que se estima conveniente realizar “para garantizar el acierto” de lo que se plantea regular, la audiencia que debe llevarse a cabo a los ciudadanos y ciudadanas afectados y la congruencia de las iniciativas propuestas con el resto del ordenamiento jurídico, nacional y de la Unión Europea. Teniendo presente, por otra parte, la contribución del derecho a la vivienda al cumplimento de los objetivos de la Agenda 2030. 

Pero sobre todo se quiere asumir de forma absoluta el mandato constitucional (art. 47) de “hacer efectivo” el derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada.

 

 

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