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Delitos odio

Fiscalía denuncia por delito de odio a Calamita, juez inhabilitado por entorpecer una adopción a dos mujeres

La pareja presentó una denuncia por delitos de odio tras haber sido acosadas en varias ocasiones por el magistrado. La última, el pasado verano en redes sociales

La Fiscalía también se opuso al reingreso del exjuez por la descripción de su actuación como "una auténtica compulsión homófoba" / Getty Images

Murcia

La Fiscalía del TSJ de la Región de Murcia ha presentado una denuncia por un presunto delito de odio contra el magistrado murciano Fernando Ferrín Calamita, inhabilitado por el Tribunal Supremo por prevaricación judicial desde 2009 al entorpecer la adopción de una menor por una pareja compuesta por dos mujeres. El fiscal superior, José Luis Díaz Manzanera, ha dado el paso después de que el Ministerio Público abriera diligencias e indagara sobre los últimos años de actividad del juez.

El pasado verano, a través de una publicación en la red social Facebook, Calamita aseguró que la pareja se había divorciado y entregado a la menor a los servicios sociales. Unos hechos negados por las madres y tachados de "totalmente falsos". La pareja, que asegura llevar diez años de acoso por parte del juez inhabilitado decidió interponer una denuncia contra el polémico magistrado por delitos de odio.

Desde la Asociación de Familias de Gais y Lesbianas de la Región de Murcia (ASFAGALEM), su presidenta y portavoz de la pareja, Adelaida Campillo, valora en declaraciones a Radio Murcia sentirse muy aliviada y feliz por el hecho de que se haya presentado la denuncia, y recuerda la "compulsión homófoba" que padece el juez y que en su día dejo claro la Fiscalía.

Dice Campillo, que no se puede seguir amparando a este tipo de personas bajo el paraguas de la libertad de expresión, esto no es libertad de expresión esto es acoso homófogo de esta persona hacia una familia de la que forma parte una menor. Este hombre no tiene límites -asegura- y "esperamos que finalmente sea la justicia la que le pare los pies y dicte una sentencia condenatoria".

Si finalmente Ferrín Calamita terminase siendo condenado sería de las primeras sentencias de este tipo y la primera a una persona procedente de la judicatura; sentaría jurisprudencia y, lo más importante de todo, "serviría como mensaje de que este tipo de actitudes no quedan impunes", recuerda Campillo.

Pantallazo del post publicado por el propio magistrado Ferrín Calamita en su perfil en la red social Facebokk y que horas después fue eliminado / Cadena SER

El Tribunal Supremo denegó en julio de 2019 la rehabilitación en la carrera judicial del exjuez Fernando Ferrín Calamita después de cumplir la pena de diez años de inhabilitación especial a la que fue condenado por retrasar la adopción de una menor por parte de la mujer de la madre biológica.

El Tribunal Superior de Justicia de Murcia condenó a Ferrín Calamita a 2 años por retardo malicioso en la Administración de Justicia con la agravante de desprecio a la orientación sexual por retrasar los trámites de adopción de una menor por parte de la mujer de su madre biológica en 2006, cuando era juez de familia en Murcia.

Sin embargo, el Supremo, elevó la pena a 10 años al apreciar prevaricación dolosa. Un tipo penal, que según la sentencia de lo Contencioso, "parece difícilmente compatible con la idea de rehabilitación" según la gravedad del delito, "el daño" a la Justicia y la relación con el cargo.

Y es que, según el Supremo, la prevaricación es el delito más grave que puede cometer un miembro de la carrera judicial dado que supone la quiebra de la esencia del poder judicial.

Además, "el perjuicio para el servicio público" es "indudablemente mayor" dado el "carácter doloso de la conducta", explicaba la sentencia.

No obvia la Sala el informe del TSJ de Murcia en el que se recogían datos sobre la capacidad para el ejercicio de la función judicial y que se refería al trastorno ansioso depresivo que Ferrín Calamita manifestó padecer desde hace años, lo que le obligaba a pedir la baja.

También mencionó las "convicciones derivadas de su ideología jurídica o meta jurídica", expresión usada en la sentencia en la que el Supremo le condenó, y que entra en conflicto con la nueva redacción dada al Código Civil por la ley que admite el matrimonio entre personas del mismo sexo y la que contempla la posibilidad de que el adoptado fuera hijo del consorte del adoptante.

La Fiscalía también se opuso al reingreso del exjuez por la descripción de su actuación como "una auténtica compulsión homófoba".

 
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