Andalucía incluye el término "allegado" finalmente en el decreto de restricciones, pese a estar en contra
La Junta de Andalucía ha publicado el BOJA donde especifica las nuevas medidas de desescalada y completa las restricciones de cara a Navidad

El presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno. / Servicio Ilustrado (Automático) (JUNTA DE ANDALUCÍA)

Madrid
El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado este viernes una edición extraordinaria que recoge el decreto del presidente, Juanma Moreno, que confirma el inicio de la desescalada de las restricciones impuestas el pasado 10 de noviembre. Asimismo, recoge las medidas para Navidad e incluye el término "allegado" finalmente.
Andalucía incluirá el término "allegado", pese al criterio contrario de la Junta, que afirma que le ha sido "impuesto" por el Ministerio. El dirigente andaluz considera que es un término ambiguo y, por ello, había previsto y propuesto recoger "familia de derecho" y "familia de hecho" para dar cabida a todas las interpretaciones posibles evitando la ambigüedad.
Cuando el Gobierno anunció las medidas previstas para las fiestas navideñas, Moreno ya abogó por definir "escrupulosamente" quién es un "allegado" o incluso eliminar este término para establecer que solo puedan reunirse familiares en los grupos de comensales para la Navidad. Sin embargo, después de largas conversaciones aparece recogido finalmente el término allegado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Medidas de la desescalada
Entre las medidas de desescalada que se incluyen está la reapertura de la movilidad dentro de las provincias forma parte del paquete de medidas que anunció este pasado jueves el presidente de la Junta, Juanma Moreno, para desarrollar un proceso de desescalada de las restricciones vigentes en Andalucía para contener la expansión de la pandemia de la COVID-19.
Para ello, el BOJA ha publicado en su edición extraordinaria de este viernes el decreto del Presidente 12/2020, de 11 de diciembre, por el que se establecen medidas en el ámbito de la comunidad autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2.
El decreto ha entrado en vigor desde el momento de su publicación, y recoge lo que, tras presidir una reunión del Comité Asesor de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto, más conocido como comité de expertos, Juanma Moreno anunció este jueves acerca de que Andalucía aplicará, desde este sábado 12 de diciembre, y hasta el 10 de enero, una "desescalada" progresiva de las restricciones derivadas de la pandemia.
Toque de queda permanece
La primera fase arranca desde la medianoche de este sábado y se prolongará hasta las 0,00 horas del viernes 18 de diciembre, y en ella se posibilitará ya la movilidad entre municipios de una misma provincia, actualmente restringida. Asimismo, en este periodo, el toque de queda nocturno permanecerá como hasta ahora, entre las 22,00 y las 7,00 horas.
Ya es en la segunda fase, a partir del 18 de diciembre, y hasta las 0,00 horas del 10 de enero de 2021, cuando se autoriza la movilidad entre las provincias andaluzas, y el inicio del toque de queda nocturno se retrasa hasta las 23,00 horas, continuando vigente hasta las 6,00 horas.
Además, entre el 23 de diciembre y el 6 de enero, periodo especial acordado entre el Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas por la Navidad, se permitirá la entrada y salida de personas del territorio de la comunidad autónoma de Andalucía si es "para hacer efectiva la reagrupación familiar en los días señalados".
El pasado 8 de noviembre, la Junta de Andalucía acordó el confinamiento perimetral de todos los municipios de la comunidad, de los que sólo se ha podido entrar y salir desde el día 10 del mes pasado --cuando entró en vigor esa medida-- de forma justificada, y que se unía así al que se había decidido el 28 de octubre para la región, y que se ha ido prorrogando posteriormente hasta la actualidad.




