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Coronavirus Covid-19

Los vascos que salgan de Euskadi en Navidad podrán regresar cuando quieran

Este mismo principio es aplicable a las personas de otras regiones que acudan a Euskadi para ver a sus allegados: tendrán que entrar entre el 23 y 26 de diciembre o entre el 30 de diciembre y 2 de enero pero podrán "regresar a sus residencias habituales cuando lo necesiten".

Estos desplazamientos fuera del País Vasco, que en ningún caso podrán ser para disfrutar de vacaciones, deberán acreditarse con una declaración responsable que deje claro que el motivo del viaje es "visitar a familiares y personas allegadas en las fechas navideñas". / Archivo

Estos desplazamientos fuera del País Vasco, que en ningún caso podrán ser para disfrutar de vacaciones, deberán acreditarse con una declaración responsable que deje claro que el motivo del viaje es "visitar a familiares y personas allegadas en las fechas navideñas".

Bilbao

Los vascos que salgan de Euskadi para pasar la Navidad con sus allegados deberán salir entre los días 23 y 26 o entre el 30 de diciembre y el 2 de enero, pero podrán regresar "en cualquier momento" a su domicilio habitual.

Estos desplazamientos fuera del País Vasco, que en ningún caso podrán ser para disfrutar de vacaciones, deberán acreditarse con una declaración responsable que deje claro que el motivo del viaje es "visitar a familiares y personas allegadas en las fechas navideñas".

Salvoconducto para poder salir de Euskadi en Navidad

<p>El Gobierno vasco ofrece un formulario como justificante ante la autoridad en caso de desplazamiento fuera de Euskadi en Navidad</p>

De esta manera los vascos que tengan previsto ir a otra comunidad autónoma a celebrar la Navidad tendrán dos ventanas temporales para salir de Euskadi pero podrán volver "cuando lo necesiten", dado que el retorno al domicilio habitual es una de las excepciones a las limitación de movilidad recogida en el Real Decreto del último estado de alarma.

Este mismo principio es aplicable a las personas de otras regiones que acudan a Euskadi para ver a sus allegados: tendrán que entrar entre el 23 y 26 de diciembre o entre el 30 de diciembre y 2 de enero pero podrán "regresar a sus residencias habituales cuando lo necesiten".

Los vascos también podrán ir al extranjero para estos encuentros familiares, pero deberán tener en cuenta los requisitos de entrada en el país de destino -como PCR o guardar cuarentena-, y de cara a la vuelta las condiciones establecidas por el Gobierno de España para la llegada de pasajeros procedentes de determinados países.

Estas son algunas de las aclaraciones del documento "Respuestas a preguntas frecuentes" sobre las restricciones contra la covid difundido este lunes por el Gobierno Vasco, en el que también se precisa que los niños computan en el tope de 10 personas establecido para las cenas y comidas navideñas.

Al margen de estas celebraciones el número máximo de personas por reunión se mantiene en 6.

El texto recuerda la vigencia del toque de queda entre las 22.00 y las 6.00 horas, salvo la ampliación hasta la 1.30 horas los días 24 y 31 únicamente para regresar al domicilio y en ningún caso para ir a "encuentros sociales"; así como la prohibición de actos que puedan provocar "aglomeraciones" como las carreras de San Silvestre y cabalgatas.

También el caso de los desplazamientos entre municipios se insiste en que por el momento no se puede salir del territorio histórico (salvo en el caso de pueblos colindantes) y que no será hasta el día 23 cuando sea posible circular por todo Euskadi.

No se podrá sin embargo pasar a otra comunidad autónoma (tampoco a partir de esa fecha) salvo para estar con la familia en las fechas navideñas y otras excepciones debidamente justificadas, que en ningún caso pueden ser ir de vacaciones o a una segunda residencia.

El documento recuerda asimismo las condiciones a cumplir en los locales hosteleros, en los medios de transporte y en la práctica deportiva, apartados en los que las restricciones se mantienen en los términos ya conocidos

 
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