La Audiencia Nacional absuelve a los exdirectivos de la CAM y a un empresario por la reestructuración de Hansa
Los magistrados sostienen que no hay pruebas de que Amorós se haya excedido en el ejercicio de las funciones y que Galea salvaguardó los intereses de su empresa
La Audiencia Nacional absuelve a los directivos de la antigua Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) y al empresario Rafael Galea, de Hansa Urbana, acusados de amañar presuntamente los resultados de la entidad a cambio de reducir la deuda de la promotora.
La exdirectora de la entidad, María Dolores Amorós, y los directivos Daniel Gil y Vicente Sánchez, estaban acusados de administración desleal y delito continuado de apropiación indebida. A Rafael Galea, presidente y fundador de Hansa, se le consideraba cooperador necesario.
Según la sentencia de la sección cuarta de la sala de lo Penal, a la que ha tenido acceso Radio Alicante, no aprecia los presuntos delitos de los que les acusaban la Fiscalía Anticorrupción y el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD).
Los exdirectivos de la caja se enfrentaban a una petición de cuatro años de prisión y a dos años de cárcel el empresario.
La relación entre TIP y Hansa Urbana se encontraba en el centro de la acusación de la Fiscalía Anticorrupción, que sospechaba de que ambas sociedades intentaron aflorar plusvalías; en concreto, detallaba una operación en Cabo Cortés (México), con unos terrenos valorados por Tinsa en 443 millones de euros.
El Ministerio Público sostenía que a mediados de 2011, Hansa se encontró con una "crítica posición de liquidez", lo que llevó a la CAM a canjear la deuda que la promotora tenía en México, tomando como valor la tasación, "sin que se hubiera producido ningún cambio en la concesión de licencias".
Ello habría ocasionado, según las acusaciones, un perjuicio de 37,7 millones de euros, saneado posteriormente por el FGD, que en total inyectó 5.249 millones en la entidad.
"No hay pruebas"
Sin embargo, en opinión de los magistrados, no hay pruebas de que Amorós "se haya excedido en el ejercicio de las funciones que desempeñaba, ni , menos aún, una actuación dolosa" en estas operaciones.
Entre los motivos citados está el que la que fuera directora general de la caja "carecía de facultades para su aprobación, rechazo o modificación", las cuales residían en otros órganos de la CAM ajenos a ella.
Respecto al exdirector general de empresas de la entidad, Daniel Gil, "no parece muy factible que se pueda imputar un delito de administración desleal, ni siquiera apropiación indebida (...) a un mero apoderado de la CAM, y no a los que realmente tenían facultades de decisión respecto de estas operaciones, ya directamente, ya por delegación".
Durante la vista oral, Gil se desmarcó precisamente de la reestructuración de deuda de Hansa Urbana, y dijo que solo firmó el contrato a petición de la entidad, la cual había abandonado meses atrás, porque el responsable no podía acudir al encuentro y él seguía manteniendo sus poderes.
Nula también fue, en opinión del tribunal, la participación del máximo responsable de TIP -holding inmobiliario de la CAM participado por ella al 100 %-, Vicente Sánchez Asensio.
Por consiguiente, la sentencia descarta cualquier posible delito por parte del empresario Rafael Galea, socio mayoritario y administrador de Hansa Urbana, de quien "no cabe hablar de una condonación de deuda encubierta como pretenden las acusaciones".
Y tampoco puede ser cooperador necesario en un delito de administración desleal "ni de la CAM, con la que ninguna relación tenía más allá de la societaria-empresarial", ni de TIP, ni de Hansa Urbana pues se limitó a salvaguardar los intereses de su empresa.
Esta era la sexta causa penal derivada de la gestión de la CAM. Contra la sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
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