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Carpetazo a la investigación de Valcárcel en el 'Caso Desaladora'

La jueza considera que "no existen indicios suficientes de que el investigado, siendo presidente del Consejo de Gobierno fuera conocedor o partícipe en los hechos investigados por la adquisición y gestión de la compra de la desaladora de Escombreras"

Valcárcel a su llegada a la Ciudad de la Justicia de Murcia para declarar como investigado en el “caso Desaladora 2” el pasado 19 de junio / Cadena SER

Murcia

Según informa el Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, la titular del juzgado de Instrucción número 1 de Murcia ha decretado el sobreseimiento provisional de las Diligencias Previas 2313/2019 , el caso conocido como  'Desaladora II',  y ha ordenado el archivo de las actuaciones contra el que fuera presidente de la Comunidad Autónoma, Ramón Luís Valcárcel,  al considerar que no existen indicios suficientes de que el investigado, siendo presidente del Consejo de Gobierno fuera conocedor o partícipe en los hechos investigados por la adquisición y gestión de la compra de la desaladora de Escombreras.

Las mismas fuentes del TSJ Murcia indican que de las diligencias practicadas en la presente causa, aludiendo a la voluminosa documental y a las testificales practicadas, analizadas detalladamente en la resolución, no resultan indicios suficientes para entender que el investigado siendo presidente del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, "fuera coautor o partícipe en los hechos investigados, esto es, que tuviera conocimiento y dominio sobre los mismos, ni han quedado acreditados actos concretos relevantes que le conviertan en coautor, cooperador necesario o cómplice en los hechos investigados en torno a la adquisición y gestión de la compra de la desaladora".

Recordamos que la fiscal del caso, Isabel Neira, solicitó el pasado mes de mayo 900 millones de euros de fianza para Valcárcel y las empresas privadas que participaron en el proyecto de construcción de la desaladora de Escombreras, para garantizar las posibles responsabilidades civiles que pudieran fijarse en la sentencia como consecuencia de los daños económicos causados a las arcas públicas por la construcción de esta infraestructura.

En ese escrito la fiscal sostenía que la Comunidad Autónoma no debía responder subsidiariamente por la supuesta malversación de dinero público, al tratarse de la principal perjudicada: "No es que no haya terceros perjudicados, es que están representados, no sin cierta paradoja, por la propia Comunidad Autónoma", dice el informe de la fiscal.

La cantidad fijada era la obtenida de la presunta cantidad malversada -600 millones- más un tercio de lo que establece el artículo 589 de la Ley procesal.

 
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