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Si tiene más de 65 años y vende su vivienda, no paga nada a Hacienda

Además, si cualquier persona vende su vivienda principal para comprar otra, también principal y en un plazo de dos años, tampoco tiene que pagar a Hacienda. Joaquín Caraballo nos lo aclara todo

Inmobiliaria Caraballo / Cadena SER

Sevilla

Joaquín Caraballo, responsable de la Inmobiliaria Caraballo, vuelve a aclarar asuntos muy interesantes sobre la venta de una vivienda, esta vez dependiendo de la edad del propietario.

Cuando una persona vende su vivienda tiene que pagar una serie de gastos por vender su vivienda. Uno de los gastos de mayor importe que hace que muchas se personas se piensen en vender es la ganancia patrimonial que se paga en el impuesto de la renta al año siguiente de ejercer la venta de tu vivienda.

Que exista una ganancia significa que si el importe de compra fue 100.000,00 € y después han vendido por 150.000,00 € hacienda contempla un aumento de tu patrimonio en 50.000,00 €, y sobre dicha ganancia hay que tributar.

Si hubiese sido una pérdida, sería el caso contrario, es decir, compró el inmueble hace unos años por 150.000,00 € y hoy la vende por 100.000,00 €, ha sufrido una pérdida patrimonial.

Cuando existen ganancias, se paga entre un tramo del 19% al 26%. En el caso del ejemplo que hemos puesto de una ganancia de 50.000,00 € habría que pagar un total de 10.380,00 €.

Cuando hay una pérdida patrimonial lógicamente no se paga nada en la renta.

¿Cómo evitar el pago de este cuantioso impuesto?

Hay dos excepciones por la cuales una persona puede legalmente no pagar ese impuesto en la declaración de la renta si tiene una ganancia patrimonial.

La primera excepción es que la persona tenga igual o más de 65 años en el momento de vender su vivienda, siempre que venda su vivienda habitual. Es decir, si el vendedor dispone de esa edad y está vendiendo la vivienda donde reside no pagará ese impuesto por muy alta que sea la ganancia patrimonial.

La segunda excepción y más común, es para aquellas personas que venden su vivienda habitual y desean comprar otra, si el dinero que obtienen de su venta lo reinserten íntegramente en la compra de otra vivienda habitual tampoco pagarán ese impuesto. Es importante saber que el plazo de reinversión que te da Hacienda ese de dos años.

Escuche la entrevista completa a Joaquín Caraballo en Hoy por Hoy Sevilla:

Joaquín Caraballo

04:52

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¿Qué hacemos desde Inmobiliaria Caraballo?

En Inmobiliaria Caraballo lo primero que hacemos cuando alguien quiere poner a la venta su vivienda es hacerle un estudio pormenorizado de todos los gastos e impuestos de su venta, incluido la ganancia patrimonial. E incluso a todos los clientes que han comprado o vendido con nosotros les ayudamos con su declaración de la renta para evitar errores con hacienda que se pueden pagar muy caros.

Esa transparencia y seguridad que tienen los vendedores antes de hacer nada, hace que mayoritariamente nos elijan frente a nuestros competidores.

Si en Sevilla, tienes una casa para vender y quiere que te hagamos un estudio de precio y un estado de gastos e impuestos concierta una cita con nosotros sin compromiso llamando al 955 048 522.

 
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