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Condenada por hurto de joyas y dinero a la anciana con Alzheimer de la que cuidaba

Un juzgado de Valladolid le ha impuesto una condena de dos años y medio de cárcel así como al pago de una indemnización superior a los 31.000 euros

Sede de los Juzgados de Valladolid / ICAL

Sede de los Juzgados de Valladolid

Valladolid

El juzgado de lo Penal número 3 de Valladolid ha condenado a una mujer a a dos años y medio de cárcel por el hurto de joyas y dinero pertenecientes a la anciana de la que cuidada y que padecía Alzheimer. También deberá hacer frente a una indemnización superior a los 31.000 euros y a restituir algunas de las alhajas que sustrajo y que, en algunos casos, vendió a establecimientos de segunda mano.

Según se relata en la sentencia, a la que ha tenido acceso esta redacción, se considera probado que la acusada, que desempeñó su trabajo durante más de cuatro años en el domicilio de la víctima  que residía con una hija declarada incapacitada judicialmente, se aprovechó de la situación mental de la mujer y procedió a vender joyas por un valor estimado de 4.850 euros.

De la misma manera, y "confiada en el estado de salud" de la anciana y conocedora de que era poseedora de una "sustancial cantidad de dinero" en una cuenta, procedió a extraer cantidades periódicas mensuales cercanas a una media de 1.300 euros en metálico.

La resolución explica que al comenzar a trabajar la acusada dicha cuenta presentaba un saldo de 55.438,44 euros, con ingresos mensuales de las pensiones de la víctima y su hija por un total cercano a los 2.300 euros. Las cantidades apropiadas mensualmente por la acusada pueden estimarse en unos 250 € al mes en los años 2015 y 2016 y en 800 € los años 2017 y 2018.

El juzgador pone de manifiesto que ya en comisaría la cuidadora reconoció los hechos porque "había visto que le era muy fácil obtener ambas cosas", y así aparece reseñado «que se aprovechó de la situación que se le presentó ya que la familia no controlaba nada y el estado de salud de la octogenaria había degenerado mucho».

Llamativo resulta en el relato y argumentación jurídica de la sentencia que el juez destaque la "insuficiente instrucción" tanto de la procedencia de las joyas como de su valor. Algo que se corrige, añade, por la declaración policial de la propia acusada, no impugnada por su defensa.

Además, resalta la "nula investigación" en lo relativo a las disposiciones en efectivo llevadas a cabo por la acusada de la cuenta bancaria dado que en el caso supuesto existen cargos con tarjeta  o transferencias de dinero que "podían haberse investigado para conocer el destino final de las mismas o los objetos que se habían comprado".

En su análisis de esos gastos, el juez concluye que dada la evolución de la cuenta "la muerte de la persona dependiente evitó que se encontrara en situación de insolvencia en poco tiempo más" y aprecida que fue "aumentando su avaricia cuanto más empeoró el estado de aquélla, quizá temiendo que la inminente muerte de la mujer supusiera el fín de los ingresos extraordinarios a su favor".

Mario Alejandre

Mario Alejandre

Valladolid, 1977. Licenciado en Ciencias de la Información por la Universidad Pontificia de Salamanca....

 

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