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Archivada la denuncia contra el Concejal de Parques de Don Benito sobre uso de fitosanitarios prohibidos

La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2, ordena sobreseimiento provisional de la denuncia argumentando que todos los productos utilizados son de curso legal en España y no suponen daño para la salud

Juan Antonio Merino y Emilio Camacho / Cadena SER

Don Benito

Los hechos se remontan a los años 2019 y 2020 y a una denuncia presentada por María Rosa Menéndez, gerente en ese momento de la empresa pública del Ayuntamiento de Don Benito, Agrimusa, contra Juan Antonio Merino, concejal de Parques y Jardines del Ayuntamiento de Don Benito y presidente del consejo de administración de la empresa municipal a quien acusa, presuntamente, de un delito contra la salud pública por la utilización de productos fitosanitarios no aptos para lugares públicos y por un presunto delito de acoso laboral.

A esta denuncia, se unió la presentada por la Federación de Ecologistas en Acción de Extremadura, que hacía extensiva también al empresario Emilio Camacho, por malversación al vender los productos fitosanitarios y ser miembro del consejo de administración de la empresa.

El razonamiento jurídico para ordenar el sobreseimiento provisional de la denuncia y el archivo, se basa en que “todos los productos utilizados son de curso legal en España, están autorizados para su uso en el medio ambiente en general y así han sido adquiridos incluso por la propia denunciante en su función de gerente de Agrimusa” y no suponen peligro para la salud utilizados en espacios públicos cumpliendo las exigencias técnicas.

Finalmente, y en lo que respecta al empresario Emilio Camacho, la sentencia recoge que no se han encontrado indicios de malversación y que otros miembros del consejo que tienen empresas suministradoras “se encuentran en idéntica o similar situación y que puede ser causa de incompatibilidad. Pero no delito”.

Por todo lo cual, indica la Jueza, no resultando indicios de la perpetración de los hechos delictivos investigados, “procede decretar el sobreseimiento provisional y archivo de las presentes actuaciones, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma podrán interponer recurso de reforma y subsidiario de apelación”.

 
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