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La Justicia admite las medidas cautelares solicitadas por José Julián Mena y suspende su expulsión del PSOE

El alcalde de Arona, que lidera un equipo municipal dividido en dos partes, compareció el martes en los juzgados

La defensa de Mena consideró que su expulsión del partido fue fraudulenta

El Partido Socialista expulsó definitivamente al alcalde de Arona en enero

El alcalde de Arona, Juan José Mena / Europa Press EUROPA PRESS

Santa Cruz de Tenerife

La justicia ha aceptado las medidas cautelares solicitadas por el alcalde del municipio de Arona, José Julián Mena, después de que el Partido Socialita le comunicase su expulsión definitiva de la formación en el mes de enero.

A través de un auto emitido en el Juzgado de Primera Instancia Número 1 de Arona, la jueza Nidia Méndez considera "estimar la medida cautelar contra el Partido Socialista" y, por lo tanto, "acordar la suspensión" de los distintos expedientes de expulsión emitidos por el partido. En concreto, se refieren a las resoluciones de la Comisión Ejecutiva Federal del PSOE del 8 de septiembre y del 13 de noviembre de 2020 y la resolución que se consideró definitiva del 28 de diciembre de la Comisión Federal de Ética y Garantías del PSOE.

En concreto, el auto argumenta que "de no adoptarse la medida que ahora se solicita, se vería privado del ejercicio de todos los derechos que comporta la integración como miembro o afiliado a una asociación política [...] siendo obvio que el ejercicio de estos derechos sería irrecuperable a posteriori, pues muchos de ellos no los podrá hacer valer en otro momento". Además, se señala que "parece verosímil lo argumentado por el solicitante en cuanto a que no existe base razonable para que se tomase la decisión de expulsión" después del análisis de los documentos aportados.

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El auto se publica dos días después de que José Julián Mena declarase en los juzgados de Arona solicitando la paralización de su expulsión del Partido Socialista. Durante la celebración de la vista, la defensa del actual alcalde argumentó que su expulsión del partido fue fraudulenta al no notificársele de forma adecuada su situación y sin posibilidad de responder a los correos electrónicos.

En la vista, el Ministerio Fiscal se alineó con la tesis de Mena y apoyó unas cautelares que ahora se reflejan en esta resolución que puede ser recurrida en un plazo máximo de veinte días.

 
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