Tribunales
Negligencias médicas

El TSJA condena al SAS a pagar 280.000 euros por no diagnosticar un síndrome de Down

Sede del TSJA en Sevilla / Cadena SER

Sevilla

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ordena al Servicio Andaluz de Salud que indemnice a un matrimonio con 280.000 euros por los errores en la prueba para detectar si el bebé que iba a nacer tenía síndrome de Down. La sentencia entiende que existió negligencia médica y que a los padres no se les informó debidamente, lo que les ha llevado a asumir gastos derivados del cuidado que necesitara el menor “por sus necesidades especiales”.

A la madre le realizaron una de las pruebas establecidas para detectar si su hija iba a padecer la enfermedad pero no fue la prueba adecuada, según el Tribunal. "El SAS no ha justificado el motivo por el que no se le realizó a la madre un análisis de cultivo largo que hubiera dado un correcto diagnóstico del síndrome de Down, sin posibilidad de error, al tratarse de un síndrome de Down puro", señala la sentencia confirmada por el Tribunal Superior.

Los jueces consideran que el SAS debe indemnizar a la familia porque la madre se sometió a una biopsia de Corion; pero como no le diagnosticaron la enfermedad del hijo que iba a nacer no pudieron elegir si interrumpían el embarazo. Existen dos tipos de técnicas de diagnóstico sobre la muestra que extraen y en este caso se hizo el llamado diagnóstico corto improcedentemente, según la sentencia. “Se confirma la mal praxis médica al no realizarse un estudio largo en la prueba de cribado de corion como recogen los propios protocolos del Servicio Andaluz de Salud para la detección del Síndrome de Down durante el embarazo”, señalan los jueces.

La mujer llevó desde el primer momento el seguimiento de su embarazo en centros dependientes del Servicio Andaluz de Salud. Según explica la sentencia, en uno de estos centros, Hospital Virgen de Valme y "estando de pocas semanas de embarazo, se realizó en octubre de 2011 la ecografía del primer trimestre, encaminada, entre otras cuestiones, a la detección de Trisomía 21 o, su nombre más conocido, síndrome de Down. Ante las advertencias de una elevada probabilidad de que su hijo padeciera este síndrome (de más de 1 entre 50), el ginecólogo del SAS les recomendó someterse a una biopsia de Corion o a una amniocentesis, aconsejándole la primera de estas pruebas por ser más rápida en la obtención de los resultados y tener una fiabilidad mayor del 99,9 %, comentándole que es como la prueba del ADN, con fiabilidad total. El día 11 de noviembre se realizó nueva ecografía. Finalmente, acudió a la realización de la prueba diagnóstica: biopsia de Corion, con fecha 15 de noviembre de 2011, conociendo los resultados el 22 del mismo mes".

En el informe de resultados de la prueba, se recogió que estadísticamente, la fiabilidad del estudio es del 99,9 %. y se descartó "en base a dicha prueba diagnóstica totalmente fiable" que el bebé tuviera síndrome de Down. Con ese resultado la madre decide continuar con la gestación en curso. Su hija nació con el síndrome de Down.

 
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