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El juez revoca el tercer grado a Dolors Bassa y Carme Forcadell

Ha estimado el recurso de la Fiscalía y, ahora, la expresidenta del Parlament y la exconsellera deberán pasar de nuevo todo el día en la cárcel

La expresidenta del Parlament, Carme Forcadell, y la exconsellera Dolors Bassa, durante un acto electoral sobre feminismo en la plaza Sant Jaume de Barcelona el pasado 3 de febrero / Kike Rincón - Europa Press - Archivo (EUROPA PRESS)

Barcelona

El juez de vigilancia penitenciaria número 1 de Cataluña ha estimado el recurso de la Fiscalía y ha revocado el tercer grado que la Generalitat concedió en enero a la ex presidenta del Parlament Carme Forcadell y la exconsellera Dolors Bassa, que desde hoy volverán a pasar día y noche en prisión.

En sendos autos, cuya ejecución debe ser inmediata, el juez de vigilancia penitenciaria del que dependen las cárceles donde cumplen condena Forcadell y Bassa revoca la semilibertad de ambas, que no podrán salir de prisión durante el día, como ocurre desde el pasado 9 de marzo con el exvicepresidente Oriol Junqueras y los otros seis presos en Lledoners.

Este mismo magistrado, Jesús Ignacio Moncada Ariza, avaló en julio del año pasado el tercer grado que la Generalitat concedió por primera vez a Bassa y Forcadell, pero el Supremo acabó por revocárselo en diciembre del año pasado, a raíz de los recursos de la Fiscalía.

Por ello, en sus resoluciones -que son recurribles-, el juez se remite a la decisión del Supremo y razona que de momento se mantienen los "impedimentos" que llevaron al alto tribunal a tumbar la semilibertad de los presos del procés, al considerarla "prematura".

"Similitud" de su situación actual

Una vez ha examinado la decisión de la Generalitat de conceder en enero pasado de nuevo el tercer grado a los presos del procés, el juez de vigilancia penitenciaria del que dependen las cárceles de Wad Ras de Barcelona y Puig de les Basses, en Figueres (Girona), donde cumplen condena Forcadell y Bassa, constata la "similitud" de su situación actual con la que ambas tenían cuando el Supremo les revocó la semilibertad, que no ha sufrido "alteración".

En virtud del tercer grado, Forcadell y Bassa iban hasta ahora a prisión únicamente a dormir, de lunes a jueves, pero, como la revocación de la semilibertad es de ejecución inmediata, a partir de mañana no podrán salir durante el día, a no ser que disfruten de un permiso penitenciario.

El juez detalla que, en la última clasificación penitenciaria de Forcadell y Bassa no hay "novedades" respecto a los argumentos que el Supremo ya estimó insuficientes para concederles el tercer grado: la no violencia o la falta de víctimas del delito de sedición que cometieron, la ausencia de "alardeamiento" sobre los hechos y su aptitud para vivir en semilibertad.

Pese a que tanto Forcadell como Bassa han cumplido una cuarta parte de su condena, el juez precisa que ese no es el único argumento que esgrimió el Supremo cuando revocó su semilibertad, porque también incidió en el "esencial" contenido del cumplimiento penitenciario que supone la evolución y progresión en el tratamiento, al que no es ajeno el "significado del delito y la pena".

"Ambivalencia entre deber hacer y tener que hacer"

En el caso de Forcadell, por ejemplo, subraya el juez que mantiene sus actividades de voluntariado y la justificación de sus actos como presidenta del Parlament, con la "ambivalencia entre deber hacer y tener que hacer", lo que no ha cambiado en los últimos meses.

El auto recuerda que no se ha modificado el diseño del tratamiento de renserción de las reclusas y que, si bien estas reconocen los hechos y asumen sus consecuencias, el Supremo lo consideró "insuficiente" en relación con el "alcance de la interiorización de sus actos" y sus "efectos en la convivencia social".

En este sentido, el juez recuerda que el Supremo subrayó que, "aún siendo loable" el reconocimiento de los hechos no debe ser la única finalidad, pues se debe valorar el conjunto de actividades programadas para avanzar hacia su reinserción y reeducación, sin que sea ajeno a ello los delitos por los que fueron condenados.

El juez ha estimado así el recurso de la Fiscalía, que pidió revocar el tercer grado de los presos del procés argumentando que la Generalitat estaba vaciando de contenido la condena impuesta por el Supremo porque la semilibertad es incompatible con el cumplimiento de los fines retributivos de reeducación y resocialización de las penas.

El juzgado de vigilancia penitenciaria número 5 de Cataluña, encargado del control de la cárcel de Lledoners, ya revocó el pasado 9 de marzo el tercer grado que la Generalitat concedió en enero al exvicepresidente del Govern Oriol Junqueras, los exconsellers Jordi Turull, Josep Rull y Raül Romeva y Joaquim Forn y los Jordis, a raíz de los recursos de la Fiscalía

 
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