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El SAS deberá indemnizar a un paciente por el retraso en las listas de espera

Ciudad de la Justicia de Málaga / Cadena SER

Ciudad de la Justicia de Málaga

Málaga

Se trata de un paciente de 63 años. Sufría una lesión de cervicales, los dolores eran tan fuertes que tenía que ser tratado con opiáceos y medicamentos utilizados para la anestesia.

La valoración de su padecimiento fue la adecuada e, incluso, rápida, en dos meses, entre enero y marzo de 2013, se le realizaron las pruebas y diagnosticó en el SAS la patología. Sin embargo, la cita con el especialista se demoraba y el paciente optó por ir a la sanidad privada. En septiembre de 2013 ya estaba operado de su lesión en las cervicales, la cita para el especialista en el SAS se la dieron para octubre de 2014.

La sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo 4 de Málaga afirma que ha existido un retraso muy relevante que obligó al paciente a acudir a la sanidad privada a la vista de la inactividad de la Administración y el empeoramiento de los dolores, incurriendo en una serie de gastos provocados por un mal funcionamiento del servicio público según Damián Vázquez, abogado del Defensor del paciente

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El SAS deberá indemnizar a un paciente de Málaga por el retraso en las listas de esp

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La Asociación 'El Defensor del Paciente', destaca la importancia de esta sentencia para otros pacientes que se vean afectados por listas de esperas, ya que no sólo procede a reconocer el pago de los gastos de la intervención quirúrgica privada, sino que además añade 3000 euros más como daño moral causado al paciente. La resolución judicial establece que el daño moral aquí originado no deriva, desde luego, de los gastos que el recurrente se ha visto obligado a abonar (que ya aparecen indemnizados), sino a la situación de zozobra, incertidumbre y angustia que comportó para el mismo desconocer cuándo iba a valorarse su patología, máxime cuando se le informó en la sanidad privada que precisaba de tratamiento quirúrgico para suprimirla. Y a ello ha de añadirse, además, el sufrimiento inherente a los padecimientos que la misma comportaba durante todo el lapso temporal que medió hasta su intervención en la sanidad privada (a su costa, y que afortunadamente pudo sufragar); sufrimiento y zozobra completamente innecesarias de haber actuado la Administración de forma diligente, llevando a cabo la valoración e intervención quirúrgica en un periodo razonable. Es este sufrimiento el que debe indemnizarse y que no aparece satisfecho con la mera indemnización por los daños en los que efectivamente incurrió.

Ignacio San Martín

Ignacio San Martín

Periodista de Málaga especializado en tribunales y motor. Responsable de 'Autoradio', programa decano...

 

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