El juzgado confirma que la moción de censura de Velilla del Río Carrión no se ajustaba a derecho
Avala la actuación de la secretaria municipal y rechaza el recurso del portavoz del PP, Gonzalo Pérez Ibáñez y del que fuera teniente de alcalde, Miguel Ángel García Getino

Ayuntamiento de Velilla del Río Carrión (Palencia) / Cadena ser

Palencia
Una sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palencia avala la diligencia de la secretaria del Ayuntamiento de Velilla del Río Carrión por la que se concluyó que la moción de censura presentada hace meses en el consistorio no cumplía con los requisitos. La moción, que venía a vulnerar lo previsto en la ley del Régimen electoral General, pretendía desbancar del gobierno municipal a la socialista Belinda Mencía. Estaba promovida por Gonzalo Pérez Ibáñez del PP y por el concejal no adscrito, Ángel García Getino, que llegó a ser primer teniente de alcalde de Mencía.
En definitiva, el juzgado palentino, en una sentencia que no es firme, rechaza el recurso interpuesto por los promotores de la moción y les obliga a pagar las costas judiciales. Contra la resolución se puede presentar recurso de apelación. La secretaria, que ve como el tribunal considera que su actuación fue correcta, concluyó que la moción firmada por cuatro miembros del PP y el concejal no adscrito no tenía validez al incumplir la Ley del Régimen Electoral Central. El concejal no adscrito formó parte del grupo municipal al que pertenece la alcaldesa, lo que le invalidaba de cara a una moción de censura. Se considera que no está propuesta por la mayoría absoluta de la corporación que está formada por nueve miembros.




