Qué se puede hacer en Aragón a partir del domingo que termina el estado de alarma
Un nuevo decreto ley establece las nuevas medidas que entrarán en vigor cuando decaiga el estado de alarma
Zaragoza
Tras el decaimiento del estado de alarma, Aragón mantendrá los confinamientos perimetrales (nivel 3 agravado) en los municipios de Calatayud y Jaca, y las comarcas de Campo de Borja, Campo de Cariñena, Ribera Alta del Ebro, Valdejalón y cuatro zonas básicas de salud de la comarca de Cinco Villas (Tauste, Ejea, Sádaba y Luna). Debido a la evolución de los datos, se incluye Campo de Borja, y quedan desconfinadas las altas Cinco Villas (Sos del Rey Católico) y la localidad de Tarazona.
ZONAS NO CONFINADAS: NIVEL 3 AGRAVADO
En las zonas no confinadas, donde permanece activo el denominado "Nivel 3 Ordinario", las restricciones en Aragón quedan así a partir de ahora:
Cierre de la actividad no esencial y hostelería a las 22 horas
Reuniones privadas con un máximo de 6 asistentes
Hostelería
Ocupación del 30% en el interior y 100% en terrazas, con mesas de 4 personas máximas en el interior y de 6 en el exterior.
Deporte
No será obligatorio utilizar mascarilla dentro del terreno de juego o pista, o en la realización de la prueba deportiva.
Museos y bibliotecas
Se amplía el aforo al 50%
Actividades turísticas
En las guías turísticas, turismo activo y de naturaleza, los grupos quedan ampliados a 15 personas, excluyendo el guía.
Transporte público
En el transporte público, se podrán utilizar todos los asientos y aforo máximo de pie . Se podrá pagar en efectivo al conductor en todos los trayectos.
Celebraciones
en bodas, bautizos y comuniones, en establecimientos de hostelería, se tendrán que respetar las medidas de seguridad, sin superar las 30 personas en el interior y las 50 en el exterior. No estará permitida la utilización de pistas de baile o espacio habilitado para su uso y el consumo será siempre sentado en mesa.
Eventos taurinos
En eventos taurinos, localidades preasignadas y sin superar la mitad del aforo autorizado.
Conciertos
Las salas de concierto, en las que se desarrollan actividades escénicas y musicales, asientos preasignados y con límite del 50% del aforo. Deberán cerrar en el horario de actividad no esencial, que se mantiene a las 10 de la noche. Prohibido el consumo de alimentos y bebidas.
Atracciones feriales
Los ayuntamientos podrán autorizar la instalación de atracciones de feria al aire libre, con una limitación de doce atracciones en cada recinto habilitado y un aforo máximo del 50 por ciento en cada una de las atracciones. Las zonas de entrada y salidad estarán diferenciadas.
Eventos multitudinarios
deberán contar con localidades preasignadas y, si superan las 500 personas en interior y las 1.000 en el exterior, los organizadores deberán solicitar autorización a la autoridad sanitaria. Estará prohibido fumar, beber y comer, salvo en la zona de restauración.