Última hora

FRANCIA Detenido el hombre que amenazaba con inmolarse en el consulado de Irán en París

Sociedad
Sentencias

Condenan al SCS a indemnizar con 500.000 euros a los tutores de un menor que perdió una pierna

La decisión de realizar una intervención vascular en Lanzarote y la tardanza de más de seis horas en evacuar al menor supusieron que finalmente no se pudiera salvar la extremidad del niño de 8 años

Hospital José Molina Orosa de Arrecife, Lanzarote. / Cadena SER

 La Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Primera, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha dictado sentencia que condena a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, concretamente al Servicio Canario de Salud (SCS), a indemnizar con 500.000 euros más costas a los tutores legales de un menor lanzaroteño que sufrió un accidente en 2013 y cuyo pronóstico y tratamiento derivaron en que éste perdiera la pierna.

Tras lo ocurrido la familia del afectado acudió a la Asociación de Usuarios y Pacientes de Lanzarote, que prestó asesoramiento y apoyo jurídico a los tutores, presentando una reclamación fundamentada en que la tardanza de más de seis horas en la evacuación del menor, y la decisión de intervenir en Lanzarote a pesar de no contar con profesionales en cirugía vascular, impidió salvar la pierna del niño.

Dicha reclamación fue desestimada inicialmente en el procedimiento administrativo, tras lo cual se interpuso demanda contenciosa ante los Juzgados de Las Palmas de Gran Canaria que en primera instancia se volvió a perder.

Finalmente, y tras recurrir a la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, de Las Palmas, en Sentencia de 7 de julio de 2020, se estimó la reclamación presentada, accediendo a la indemnización solicitada y con expresa imposición de costas al Servicio Canario de la Salud.

Para la Asociación de Usuarios y Pacientes de Lanzarote “se ha hecho verdadera justicia”, y se ponen nuevamente de relieve las carencias en materia sanitaria de la isla de Lanzarote.

Éstas son, no solo la Unidad de Hemodinámica, sino también un helipuerto para reducir los tiempos de evacuación a otros hospitales de referencia, así como profesionales de especialidades como Neuropediatría, Neurocirugía o Traumatología infantil que “son muy necesarias”, consideran desde la Asociación. Insiste además en la necesidad de contar con un nuevo centro hospitalario con más servicios que asuma la demanda de la población local y turistas de la Isla.

Entrevista Fidel Ascensión

15:07

Compartir

El código iframe se ha copiado en el portapapeles

<iframe src="https://cadenaser.com/embed/audio/460/1620741214_449887/" width="100%" height="360" frameborder="0" allowfullscreen></iframe>

Accidente en 2013

Los hechos ocurrieron en 2013 cuando el menor que tenía entonces 8 años sufrió un accidente con un cristal que le seccionó una arteria en una de sus piernas. De inmediato fue trasladado al Hospital Doctor José Molina Orosa de Arrecife, donde, a pesar de no contar con profesionales de Cirugía vascular propios de una Unidad de Hemodinámica de la que carecía y carece la isla a día de hoy, se decidió intervenir “sin siquiera consultar a un especialista en cirugía vascular”, según se expone en la sentencia a la que ha tenido acceso SER Lanzarote.

“Lo sucedido trajo causa, o bien de un diagnóstico inicial erróneo, con las subsiguientes desafortunadas decisiones a ello inherentes, o bien los médicos que decidieron intervenir en Lanzarote sabían desde el principio de la lesión vascular” y añade que “es obvio que, tanto en un caso como en el otro, decidieron revascularizar la arteria sin avisar al Servicio de Urgencias Canario (SUC)”.

Además, la sentencia apunta que los profesionales “estaban seguros desde el principio de la existencia de la lesión vascular en cuestión”, y añade que “es claro que, como mínimo, tras el ingreso del menor en el hospital José Molina Orosa debió llamarse, sin pérdida de tiempo alguno, al SUC. Esto nos habría situado en las 18:49 horas, pero se hizo dos horas y media más tarde, lo que provocó que el menor ingresara en el hospital materno infantil una vez transcurrido el lapso temporal de seis horas que en estos casos es determinante para salvar la pierna del paciente”.

El TSJC ha considerado en la sentencia “tanto el daño físico sufrido” por el menor, como “el moral padecido por sus padres”, por el que condena al SCS a indemnizar a la familia con medio millón de euros más las costas del proceso.

 
  • Cadena SER

  •  
Programación
Cadena SER

Hoy por Hoy

Àngels Barceló

Comparte

Compartir desde el minuto: 00:00