El TSJ ratifica el máximo de 6 personas en reuniones informales durante 7 días

coronavirus / Getty Images

Murcia
La Comunidad Autónoma solicitó el pasado lunes la ratificación de las medidas adoptadas tras el estado de alarma y la Sala de lo Contencioso del TSJ lo ha hecho.
En cuanto a la duración de las medidas, la Sala considera "razonable y prudente" que se acoten los efectos temporales de la limitación de derechos a un periodo de siete días, conforme a lo solicitado por Consejería de Salud.
"La evolución de la pandemia -y, en particular, el ritmo de vacunación- serán los que determinen la necesidad -o no- de su prórroga o la adopción por la autoridad sanitaria competente de medidas de mayor laxitud en la afectación a derechos fundamentales", argumentan los magistrados.
En concreto, el TSJ ha ratificado que en las reuniones de carácter informal y no reglado se permitirán agrupaciones de un máximo de seis personas, tanto en espacios públicos como privados, salvo convivientes en cuyo caso no habrá límites. También se establece una restricción en los lugares de culto, al fijar un aforo máximo permitido de un 75% y, adicionalmente, en el caso de las ceremonias un máximo de 50 personas en el interior.

Javier Ruiz Martínez
Redactor de temas de sociedad, ciencia e innovación en la SER. Trabajo en el mejor trabajo del mundo:...




