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Un hombre se enfrenta a diez años y medio de prisión por abusar de un niño de 12 años que conoció en Internet

Los hechos se repitieron en varias ocasiones en los soportales de un edificio

El Ministerio Fiscal solicita que el procesado indemnice al menor con 5.000 euros por daños morales. / Getty Images

Gijón

La Fiscalía de Área de Gijón solicita la condena de 10 años y 6 meses de prisión para un procesado por abusar sexualmente de forma continuada de un niño de 12 años, con el que contactó por Instagram. La vista oral ha comenzado este jueves en la Sección Octava de la Audiencia Provincial, con sede en Gijón, aunque tuvo que aplazarse al quedar pendiente la declaración de una testigo, por lo que continuará en otra fecha por determinar.

El Ministerio Fiscal sostiene que a principios de 2020, el procesado, de nacionalidad venezonala y nacido en 1995, contactó con el niño, de 12 años, a través de una prima del menor. Tras mantener conversaciones en la red social Instagram, le invitó a quedar para dar una vuelta, de modo que comenzaron a coincidir en el parque, primeramente en compañía de otros niños y después solos, cuando se ganó la confianza del menor.

En fecha no precisada del mes de febrero, cuando se encontraban en el soportal de un edificio en las inmediaciones del parque del barrio de Santa Bárbara, de Gijón, el procesado abusó sexualmente del niño, hechos que se repitieron un número indeterminado de ocasiones en el mismo soportal y en otro de un edificio en la Avenida de la Constitución, donde, sobre las 16.40 horas del día 22 de junio de 2020, el procesado fue sorprendido por agentes de la Policía Nacional.

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito continuado de abuso sexual a un menor de los artículos 183.1 y 3 y 74 del Código Penal. Por ello, además de la pena de prisión, solicita inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena e inhabilitación especial para cualquier profesión, cargo u oficio que conlleve contacto con menores de edad durante 14 años.

Procede asimismo imponerle la medida de libertad vigilada durante seis años, de conformidad con el art. 192 y 106 e), f),i) y j) del Código Penal. Conforme a lo previsto en el artículo 89.2 del Código Penal, se interesa que se acuerde el cumplimiento de 5 años de la pena de prisión y la sustitución del resto de la pena por la expulsión del territorio español durante 8 años.

En concepto de responsabilidad civil, el Ministerio Fiscal solicita que el procesado indemnice al menor, en la persona de su madre, con 5.000 euros por daños morales, más los intereses legales correspondientes.

 
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