La Justicia europea condena a España por no proteger a Doñana frente al robo del agua
La sentencia da la razón a WWF y reprocha el incumplimiento de las directivas europeas de agua y hábitats
Huelva
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha condenado a España por incumplir sus obligaciones en virtud de la Directiva marco sobre el agua y sobre hábitats respecto a las extracciones de agua subterráneas en Doñana. El tribunal ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por la Comisión Europea que se hacía eco, a su vez, de una queja elevada por WWF en la que denunciaba la extracción "abusiva" e "insostenible" de agua que ha causado un grave impacto en Doñana.
Si el incumplimiento persiste, la Comisión llevaría de nuevo a España al tribunal y pediría sanción.
En su sentencia publicada este jueves, la justicia europea ha determinado que España "no tuvo en cuenta las extracciones de agua ilegales y las de agua para el abastecimiento urbano en la estimación de las extracciones de agua subterránea de la comarca de Doñana al elaborar el Plan Hidrológico del Guadalquivir 2015-2021".
España, según el Tribunal europeo, tampoco previó en dicho plan ninguna medida para "evitar la alteración de los tipos de hábitats protegidos situados en la zona protegida "Doñana" provocada por las extracciones de agua subterránea para abastecer el núcleo turístico de Matalascañas", en Huelva.
El Tribunal de Justicia hace constar que la Comisión ha demostrado "suficientemente" la probabilidad de que las extracciones excesivas de agua para el abastecimiento urbano de la zona de Matalascañas hayan ocasionado alteraciones apreciables en los hábitats protegidos de Doñana".
En cambio, el Tribunal europeo considera que la Comisión no ha demostrado que España "haya incumplido su obligación de evitar el deterioro del estado de las masas de agua subterránea del Espacio Natural protegido de Doñana en el sentido de la Directiva marco sobre el agua. Concretamente, la Comisión no ha acreditado que las masas de agua subterránea del Espacio Natural protegido de Doñana que se encontraban ya en mal estado se hayan deteriorado más".
En su sentencia de este jueves el TJUE señaló que el Plan Hidrológico del Guadalquivir 2015-2021 no contiene la "información necesaria" para evaluar la repercusión de la actividad humana en las masas de agua subterránea de la comarca de Doñana en el sentido que requiere la directiva comunitaria.
Asimismo, considera que Bruselas ha probado de forma suficiente la probabilidad de que las extracciones excesivas de agua para el abastecimiento urbano de la zona de Matalascañas hayan ocasionado alteraciones apreciables en los hábitats protegidos de la zona protegida Doñana, situada en las inmediaciones de dicho núcleo turístico.
"Esta alteración de los hábitats protegidos debería haberse tenido en cuenta en el programa de medidas elaborado por España en el contexto del Plan Hidrológico del Guadalquivir 2015-2021 para poner fin al deterioro ya apreciado de los tipos de hábitats protegidos, como los estanques temporales mediterráneos", apunta el Tribunal en un comunicado.
Además de la directiva sobre el agua, Luxemburgo también aprecia un incumplimiento por parte de España de sus obligaciones en cuanto a la directiva de hábitats y considera que el país "no ha adoptado las medidas apropiadas para evitar las alteraciones apreciables de los tipos de hábitats protegidos situados en las zonas protegidas desde el 19 de julio de 2006 Doñana, Doñana Norte y Oeste y Dehesa del Estero y Montes de Moguer".
"De varios datos científicos se desprende que la sobreexplotación del acuífero de Doñana ha acarreado un descenso del nivel de las aguas subterráneas (nivel piezométrico), descenso que ocasiona una alteración constante de las zonas protegidas del Espacio Natural protegido de Doñana", apunta el Tribunal.
Estos datos, advierte la corte, confirman que "el deterioro de estos hábitats continúa y que su estado seguirá deteriorándose debido al descenso del nivel piezométrico del referido acuífero y que España no ha adoptado las medidas necesarias para poner fin a ese deterioro".
Por otra parte, el TJUE no considera que la Comisión haya logrado demostrar que España incumplió su obligación de evitar el deterioro del estado de las masas de agua subterránea de este espacio, en el sentido de que no se ha acreditado que las masas de agua que se encontraban ya en mal estado se hayan deteriorado aún más.
Sentencia histórica, según WWF
Para la organización ecologista WWF, la sentencia es "histórica", según Juanjo Carmona, portavoz del colectivo que insta a las administraciones públicas a que "dejen de mirar hacia otro lado" y cierren de una vez todos los pozos y fincas ilegales al oeste de Doñana, pongan freno a la agricultura industrial que avanza por el noreste y pongan en marcha un proyecto ambicioso de restauración ecológica de las marismas de Doñana.
Lucía Vallellano
En un mundo tecnológico, enamorada de las humanidades. Me gusta el periodismo de buenas historias y...