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El Juzgado insta a investigar al alcalde de Villoldo por posible prevaricación

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo ordena al Ayuntamiento ejecutar la sentencia que le obliga a restituir la parcela cedidad para uso a grícola a su estado inicial

Ayuntamiento de Villoldo / Google Maps

Palencia

El Juzgado de lo Contenciosos Administrativo nº 1 de Palencia da nuevamente la razón a la Asociación para la Defensa de la Zona Recreativa de la Pradera de Villoldo y exige al Ayuntamiento a la ejecución forzosa  de la sentencia dicatada por el mismo juzgado y avalada por el TSJ para que en el término de diez días proceda a la inmediata reposición de la finca cedida de forma gratuita a la junta agropecuaria local para instalar un lavadero de maquinaria agrícola y un depósito de carga para fitosanitarios a su estado anterior a la cesión y, además, abre la puerta al Juzgado de Instrucción de Carrión de los Condes para depurar la eventual responsabilidad penal de la Alcaldía del Ayuntamiento de Villoldo por un presunto delito de prevaricación. Los intereses de los vecinos de Villoldo han estado representada por el abogado palentino Antonio Luis Vázquez.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Radio Palencia, el Juzgado de lo Contenciosos Administrativo dictó sentencia contra el Ayuntamiento en diciembre de 2018 que fue posteriormente ratificada por el TSJ en octubre del 2019. Como el Ayuntamiento no ejecutó voluntariamente esta sentencia para restablecer la finca, la Plataforma decidió recurrir para obligar al consistorio a acatarla en mayo pasado solicitando la ejecución forzosa de la misma pronunciándose el Juzgado nuevamente a su favor declarando la nulidad del decreto del 08/03/2021 del Ayuntamiento de Villoldo ya que "constituye una flagrante burla del pronunciamiento de la Superioridad en tanto en cuanto la parte dispositiva de su sentencia ineludiblemente zanjó el debate anulando la resolución objeto de recurso de tal modo que “procede la inmediata reposición de la finca cedida a su estado anterior a la cesión”,

Según se recoge de forma textual en dicha sentencia," se refleja un manifiesto “acato pero no cumplo” -según el argot popular que, al entender de este juzgador, implica un flagrante delito de prevaricación", igualmente "que, correlativamente, apreciando que el Decreto de 8 de Marzo de 2021 constituye una burla respecto del pronunciamiento de la Superioridad, sin esperar a la firmeza de este Auto, debe deducirse testimonio de particulares de la Sentencia de este Juzgado, de la Sentencia de la Superioridad y del Decreto de 8 de Marzo de 2021 y remitirlo al Juzgado de Instrucción de Carrión de los Condes para depurar la eventual responsabilidad penal de la Alcaldía del Ayuntamiento de Villoldo por un presunto delito de prevaricación.". También se hace imposición de las costas procesales a la Administración.

 
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