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Peal de Becerro

El TSJA rechaza el cierre perimetral de Peal de Becerro

El fallo del tribunal, en un auto muy duro, indica que la Orden presentada no cumple "los principios de motivación, proporcionalidad, necesidad e idoneidad necesarios en relación con la intensidad de la medida pretendida"

Ayuntamiento de Peal de Becerro. / Ayuntamiento de Peal de Becerro (Facebook)

Ayuntamiento de Peal de Becerro.

Jaén

El TSJA ha desestimado la petición de la Junta para cerrar perimetralmente y clausurar la actividad no esencial y la hostelería de Peal de Becerro durante siete días. El fallo del tribunal, en un auto muy duro, indica que la Orden presentada no cumple "los principios de motivación, proporcionalidad, necesidad e idoneidad necesarios en relación con la intensidad de la medida pretendida"Así se ha manifestado cinco días después de que el gobierno regional lo solicitara ante la elevada incidencia del coronavirus en esta localidad de la Sierra de Cazorla.

La sección primera de la Sala de lo Contecioso- Administrativo desmonta la petición del ejecutivo de Juanma Moreno insistiendo en que una medida "que afecta de forma tan intensa a los derechos fundamentales requiere una mayor motivación" y desecha que solo se basen en consejos de prudencia o precaución. Apunta a que la orden autonómica atenta contra varios derechos fundamentales como el de fijar libremente el lugar de residencia o la libertad religiosa remacando que "se ven seriamente comprometidos o directamente suspendidos".

  • CRÍTICAS

El auto del Tribunal Superior no encuentra en la petición de la Junta de Andalucía una justificación sólida para suspender estos derechos mientras que otras acciones como contratar un seguro, hacer una transferencia bancaria o echar gasolina" si se pueden realizar fuera de la localidad según la orden de la administración andaluza del pasado 7 de julio.

El documento es todo un jarro de agua fría a las intenciones del gobierno autonómico al indicar que solo aportan, como justificaciones, la incidencia acumulada a 7 y 14 días "sin tener en cuenta otros relevantes como la tasa de mortalidad, la ocupación hospitalaria o la situación de las Unidades de Cuidados Intensivos (UCI)". También critica que no se hayan aportado otras alternativas "ni ha justificado que esta fuera la única alternativa o que se trate de una medida totalmente indispensable".

Por último, concluye argumentando que la pretensión de la Junta "es contraria al Derecho de la Unión" al no distinguir a ciudadanos con pasaporte covid de los que no ya que se limita también la libertad de las personas que tengan este documento sin una motivación "de forma expresa" y sin aportar "datos científicos" calificando el informe aportado como "único y escueto".

César García

César García

Licenciado en Periodismo. Comenzó a trabajar en el mundo de la radio en el año 2006 en SER El Condado,...

 
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