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La Junta deberá readmitir a una docente despedida por casarse sin la nulidad

La Consejería de Educación echó a la profesora de religión en base a motivos religiosos y morales

Archivo - Mesas y sillas recogidas en un aula, foto de recurso / Iván Terrón (EUROPA PRESS)

Valladolid

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha declarado nulo el despido de una profesora de religión de un colegio de Tordesillas (Valladolid) cuyo contrato fue rescindido por la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León tras la retirada del requisito de idoneidad por el Arzobispado de Valladolid al contraer segundo matrimonio sin solicitar la nulidad eclesiástica del primero.

El tribunal considera que la no renovación de la "missio canonica" vulneró los derechos fundamentales de la trabajadora y condena a la Consejería de Educación a readmitirla con abono de los salarios dejados de percibir desde su despido en el curso 2017/2018.

CONTEXTO DEL HECHO

La profesora había sido contratada por la Consejería de Educación de la Junta como profesora de religión y moral católica desde el curso escolar 2001/2002 en un colegio de Tordesillas (Valladolid).

Sin obtener la nulidad canónica de su primer matrimonio, contrajo un segundo matrimonio civil. Después de divorciarse de su segundo marido, inició una relación de convivencia estable con otra pareja, que tenía tres hijos. Tras revelar a la Delegada de Enseñanza del Arzobispado de Valladolid que estaba casada en segundas nupcias, ésta le indicó que su situación no era acorde con los postulados de vida cristiana, sugiriéndole la posibilidad de instar la nulidad del matrimonio canónico, regularizando de esa forma su situación marital, para continuar contando con la confianza del Obispado y mantener así el requisito de idoneidad necesario para impartir formación religiosa, explica la sentencia.

La trabajadora presentó en 2016 un escrito en el Arzobispado con la declaración de un letrado manifestando haber recibido encargo profesional de presentar demandada de nulidad canónica del matrimonio de la demandante.

Según los hechos probados, la Delegada de Enseñanza del Arzobispado recibió llamadas de padres de alumnos de la mujer mostrándose contrariados por su situación de convivencia extramarital con una tercera persona, pero el centro escolar no recibió quejas en relación con su situación personal.

Después de una reunión con el Obispo Auxiliar, en la que reconoció sus sucesivas relaciones, así como la falta de inicio de los trámites para obtener la nulidad del matrimonio canónico, se le retiró por parte del Arzobispado en 2017 la "missio canonica" que tenía concedida. La Consejería le comunicó la extinción de su contrato de trabajo desde el curso escolar 2017/2018, por haberse revocado el requisito de idoneidad con base en motivos religiosos y morales.

 
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