El Tribunal Superior deniega la suspensión cautelarísima de exigir el certificado Covid en la hostelería
El TSXG no ve las razones urgentes aducidas por la Asociación de Empresarios de Lugo para suspender la medida de la Xunta

Un grupo de personas charla en la terraza de un local de hostelería de A Coruña / M. Dylan (Europa Press / Archivo)

A Coruña
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia deniega la suspensión de la obligación de presentar el certificado Covid-19 en los locales de hostelería. Rechaza la medida cautelarísima de suspensión al no apreciar razones de especial urgencia aducidas por la Asociación de Empresarios de Lugo Monumental sin escuchar antes los argumentos que llevaron a la Xunta a tomar esa decisión.
La sección tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo entiende que con la obligación de exigir el certificado Covid no se ha acreditado perjuicio "ni su carácter de irreparable" a la asociación hostelera recurrente. En su auto, el Tribunal Superior no entra a valorar las razones expuestas por la entidad sobre la supuesta vulneración del derecho a la intimidad de la ciudadanía al tener que exhibir un documento de carácter sanitario. Subraya también que en todas las medidas adoptadas por la Xunta, incluidas las que son objeto de impugnación, "subyace el interés en evitar la aglomeración de personas, de procurar que se respeten las medidas de distanciamiento y de proteger la salud pública".




