Los jueces de Cantabria mantienen la suspensión del cierre del interior de la hostelería
El TSJC vuelve a dar la razón a los hosteleros

Terraza de hostelería. / ROMÁN G. AGUILERA (EFE)

Santander
El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha acordado mantener la medida cautelar que deja sin efecto el cierre del interior de la hostelería en los municipios en riesgo 3 por covid, en un auto en el que desestima las alegaciones de la Consejería de Sanidad para pedir su levantamiento.
El tribunal mantiene la suspensión de la resolución de Sanidad por "razones de coherencia interna y de seguridad jurídica, que imponen que se adopte el mismo criterio" que en sus autos anteriores.
A su entender, "subsisten los razonamientos" que le llevaron a estimar el recurso de la Asociación de Hosteleros de Cantabria contra el semáforo covid de la semana pasada, que entró en vigor el jueves.
El consejero de Sanidad, Miguel Rodríguez, ha avanzado, tras hacerse público el auto, que "ante esta situación, la clasificación por municipios que suponía el semáforo covid no se publicará esta semana".
Rodríguez ha dicho que Sanidad respeta esta decisión judicial, aunque no la comparte "desde el punto de vista estrictamente científico", y ha señalado que valorará los términos en los que se pronuncia el tribunal "para poder ejecutarlos conforme a lo que establece".
Según recuerda el TSJ, los hosteleros impugnaron en concreto el punto de la resolución que se refiere a la calificación de los municipios "a los efectos del nivel de alerta" en su recurso, que la Sala de lo Contencioso-Administrativo admitió, aceptando la medida cautelerísima que solicitaron.
En las alegaciones que ha presentado, acompañadas de cuatro informes técnicos, Sanidad defiende los datos epidemiológicos utilizados para dictar su resolución y niega que existan errores en sus informes "por el mero hecho de no reflejar el impacto de la población estival" .
Además alega la improcedencia de anticipar el análisis de los indicadores y que en la ponderación de los intereses "debe prevalacer la protección del derecho a la vida y a la integridad física de todos los ciudadanos".
Pero la Sala recuerda que ha venido considerando de forma reiterada en sus anteriores resoluciones que "los perjuicios irreparables o de muy difícil reparación son un hecho notorio, también reconocido por la administración" que estaría "exento de mayor justificación", con la premura en la reacción que exige la interposición del recurso.
Sobre la metodología utilizada en la evaluación de riesgo, aduce que la Administración "no toma en consideración todas las características de la población, que en el caso de esta comunidad se refiere al incremento poblacional que experimentan zonas geográficas turísticas, y que no se limita a la población vinculada que no pernocta, sino a la población turística que pernocta, y a la flotante que tiene en Cantabria su segunda residencia estival".
"La falta de valoración del incremento poblacional que experimentan zonas geográficas turísticas afecta a los indicadores de incidencia acumulada, que en la relación de indicadores tiene un peso específico importante", argumenta el tribunal.
También recuerda que no son objeto de este procedimiento ni la resolución del 11 de mayo de 2021 ni ninguna de sus modificaciones, salvo la del 3 de agosto.
HOSTELEROS DE ENHORABUENA
El presidente de la Asociación de Empresarios de Hostelería de Cantabria, Ángel Cuevas, ha afirmado que el sector está "de enhorabuena" por esta nueva decisión de la Justicia y ha confiado en que pueda acabar el verano "sin ninguna sorpresa".
"Estamos muy satisfechos porque se mantiene la medida cautelar sin pedir el pasaporte covid", ha valorado.
"Vamos a ver si somos capaces de ir terminando el verano sin ninguna sorpresa pero nuestra advertencia es que la asociación va a estar muy pendiente de cualquier cosa que pueda salir a partir de ahora", ha añadido.




