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Defensa patrimonio

Se crea una plataforma contra la demolición de la chimenea y torre de refrigeración de la Térmica de Velilla

Busca conseguir la suspensión cautelar del derribo de ambas construcciones mientras se les otorga el grado de protección correspondiente

Térmica de Velilla / Europa Press

Térmica de Velilla

Palencia

Ha nacido una plataforma ciudadana que busca frenar la demolición de la chimenea y la torre de refrigeración de la Térmica de Velilla del Río Carrión. Recordemos que se está procediendo al desmantelamiento de dicha industria. Reproducimos de forma íntegra el comunicado que han difundido los impulsores de la plataforma. 

"La demolición completa de la Central Térmica de Velilla del Río Carrión (Palencia), que está tramitando IBERDROLA, S.A., INCLUYE EL DERRIBO DE LA CHIMENEA ALTA Y DE LA TORRE DE REFRIGERACIÓN.

1º Consideramos que SE HAN DE CONSERVAR SIN DEMOLER LA TORRE DE REFRIGERACIÓN Y LA CHIMENEA ALTA, pues son dos obras de ingeniería que son ejemplos de la alta cualificación de los técnicos y las empresas de este país en esas materias, y SU DEMOLICIÓN SERÍA UNA PÉRDIDA IMPOSIBLE DE RECUPERAR e imperdonable para los responsables de ello.

2º Por eso y lo que representan para los que trabajaron directa o indirectamente en las zonas mineras que suministraron el carbón, y para sus descendientes, DEBEN DE PASAR A FORMAR PARTE DEL PATRIMONIO INDUSTRIAL CULTURAL, "como así lo han considerado" los técnicos de la Delegación Territorial de Cultura de Palencia, en su informe que han elevado a la Dirección General de la Junta de Castilla y León, en lo que se refiere a la Torre de Refrigeración, valoración que debe de hacerse extensiva a la Chimenea Alta, declarando como primer paso LA SUSPENSIÓN CAUTELAR del derribo de esas dos construcciones, mientras se les otorga el grado de protección correspondiente.

3º Dada la elevada cualificación de la ingeniería y de la construcción empleadas en su ejecución, es previsible su permanencia en el tiempo sin necesitar ningún gasto de mantenimiento excesivo.

4º El hecho de mantenerlas, no impide cualquier otra utilización del resto del terreno que ocupa la central para otros usos, ya sean energéticos, turísticos o de cualquier otra índole, pues el espacio que estos elementos ocupan, es mínimo sobre el conjunto del suelo que se va a liberar. 5º Aunque se mantengan sin darles ningún otro uso, QUEDA SOBRADAMENTE JUSTIFICADA SU PERMANENCIA COMO BIEN CULTURAL INDUSTRIAL"..

 

 
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