Absuelto por enajenación mental un enfermo de esquizofrenia que abusó y amenazó a una menor
La Audiencia de Castellón pero le impone la obligación de someterse a un tratamiento "adecuado a su patología" por un periodo máximo de tres años

Juzgados de Castellón / Javier Quesada - Radio Castellón

Castellón
La Audiencia de Castellón ha absuelto por enajenación mental a un hombre mayor de edad y enfermo de esquizofrenia que abusó y amenazó a una menor de 15 años a la que conoció en internet, pero le impone la obligación de someterse a un tratamiento "adecuado a su patología" por un periodo máximo de tres años.
El condenado, de quien no se especifica la edad en la sentencia hecha pública este miércoles, no podrá acercarse o comunicarse con la menor, a la que deberá indemnizar en 1.000 euros por el perjuicio moral sufrido.
El hombre, que no tiene antecedentes penales, inició una relación sentimental "de noviazgo" con la referida menor, a la que conoció en una red social.
"Si bien al inicio de la relación la menor manifestó al acusado que no quería mantener relaciones sexuales y éste lo aceptó, con el paso del tiempo continuó insistiendo, diciéndole que era una muestra de amor o que él lo necesitaba, de modo que, a pesar de mostrarse reticente, en diversas ocasiones, con el propósito de satisfacer sus deseos libidinosos, efectuó tocamientos a la menor", recoge el fallo.
"A mediados de junio de 2020, la menor decidió poner fin a la relación, y a partir de entonces el acusado, con el propósito de amedrentarla, a través de la aplicación Instagram, remitió a la menor mensajes como: "Desbloquéame o todo el pueblo se entera de una cosa, eres una hija de la gran puta... espera q no te vea por la calle, ten cuidado u ojalá te mueras", añade.
A consecuencia de la conducta del acusado, la menor sufrió baja autoestima, ansiedad y afecto depresivo.
El acusado está diagnosticado de esquizofrenia paranoide con temática erotómana y durante el periodo en que duró la relación sentimental, la falta de conciencia de enfermedad propició que no se llevara a cabo un correcto seguimiento médico que mantuviera controlada la sintomatología delirante, entienden los jueces, de forma que "tenía completamente anuladas las bases de la imputabilidad" (capacidades cognitivas y volitivas).




