Ribera Salud dice que la CNMC le permite gestionar el departamento de Denia, pero la Generalitat lo niega
El grupo sanitario Ribera gestiona desde hoy el 100% del Departamento de salud de Denia, tras el acuerdo alcanzado con DKV para la adquisición de su participación en Marina Salud
Pero la conselleria de Sanidad recuerda que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia no ha entrado a valorar los efectos de la normativa valenciana
Valencia
Discrepancias sobre de quién depende la gestión del Departamento de Salud de Denia. El grupo sanitario Ribera asegura que gestiona desde hoy el 100% de este Departamento, tras el acuerdo alcanzado con DKV el pasado mes de agosto para la adquisición de su participación en Marina Salud.
Según la empresa, la autoridad competente, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha validado la operación. La ley de salud valenciana no aplica en este caso porque es muy posterior al inicio de la concesión.
DKV contaba hasta ahora con el 65% de las acciones de Marina Salud, que ahora pasan a manos del grupo Ribera, que ha formado parte del proyecto desde el inicio de la colaboración público privada para la gestión de este departamento de salud.
“Este acuerdo es fruto de la evolución natural de una relación de colaboración leal con DKV, por un lado, y de compromiso y vocación de servicio con los ciudadanos del área de Denia y el cuidado de su salud, por otro”, ha asegurado la consejera delegada de Ribera, Elisa Tarazona, que lanza un mensaje de tranquilidad al asegurar que esta operación “no va a suponer cambios en las condiciones laborales de la plantilla ni en los planes de Marina Salud”.
Dudas legales, según la Generalitat
Mientras, la Generalitat asegura que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha comunicado a la Conselleria de Sanidad que la autorización que ha emitido este organismo estatal respecto a la operación de compraventa de acciones en la empresa concesionaria del departamento de salud de Denia “lo es a efectos de la legislación en materia de defensa de la competencia, sin perjuicio de lo dispuesto en otra normativa vigente que pueda resultar de aplicación, como la normativa sectorial de carácter autonómico a la que hacen referencia en su escrito”.
La normativa a la que se refiere la CNMC es el artículo 7.3 de la ley 10/2014 de salud de la Comunitat Valenciana, que limita la concentración de acciones en los titulares de los contratos de gestión de las concesiones sanitarias.
La CNMC insiste en que la decisión que ha adoptado es independiente “de la existencia de otras normativas y disposiciones que puedan ser de aplicación”.
De esta forma, la autorización de la operación de compraventa emitida por la CNMC se limita a su ámbito de competencias, y no entra a valorar los efectos de la normativa valenciana.
De acuerdo con ello, la Conselleria de Sanidad se encuentra a la espera de los informes jurídicos correspondientes para tomar las decisiones que correspondan en la defensa del ordenamiento jurídico valenciano y de los intereses generales de la ciudadanía valenciana.