Planteada una cuestión de inconstitucionalidad de la ley en Aragón para el control de la pandemia
La impugnación de esta orden fue presentada por la Federación de Cines de España, que pedía que se autorice el consumo de comida y bebida en las salas de proyección

Alegoría de la Justicia / Getty Images

Zaragoza
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón plantea una cuestión de inconstitucionalidad a varios artículos de la Ley sanitaria del 8 julio, es decir, la ley que da cobertura al Gobierno de Aragón para implantar las restricciones sanitarias frente a la pandemia.
Se trata de los puntos de esta ley que establecen el régimen jurídico de alerta sanitaria. Los magistrados entienden que el gobierno hace una mala utilización de la figura del decreto ley, lo que bloquea las posiblidades de impugnación de estas normas y limitan el control jurisdiccional y, con ello, se vulnera la tutela judicial efectiva del ciudadano.
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Consideran, además, que este uso no coincide con los usos autorizados por el Tribunal Constitucional. También señalan que eleva a rango de ley lo que, en su contenido, tiene naturaleza administrativa. La resolución será remitida a la Presidencia del Tribunal Constitucional.
La Sala aborda esta cuestión de inconstitucionalidad dentro del procedimiento abierto por la impugnación de esta orden, de 8 de julio, presentada por la Federación de Cines de España, cuya pretensión es que se autorice el consumo de comida y bebida en las salas de proyección.




