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Getafe destinará unos 400.000 euros al pago de sentencias pendientes por dos expropiaciones

Son dos sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid

El cementerio de Getafe / Google Street View

Getafe

El Ayuntamiento de Getafe destinará cerca de 400.000 euros al pago de sentencias condenatorias pendientes por la expropiación de terrenos para ampliar el cementerio.

Así, la Junta de Gobierno local ha aprobado ejecutar la sentencia de 23 de marzo de 2021 de la sección 4 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y reconocer la obligación de 352.981 euros a favor de los propietarios por el abono de la expropiación de la parcela 89. Esta cantidad es la suma de 321.725 euros que se abonan en concepto de justiprecio más 31.256 euros de intereses, según el acta al que ha tenido acceso Europa Press.

También se ha acordado ejecutar la sentencia de 28 de abril de 2021 del mismo tribunal y autorizar 44.977 euros a favor de los propietarios por el pago de la expropiación de 815 metros cuadrados de la parcela 95. Esta cantidad representa el resto del justiprecio fijado por sentencia que asciende a 40.057 euros, a la que hay que sumar el resto de los intereses pendientes calculados hasta el pasado 20 de septiembre, que ascienden a 4.920 euros.

En septiembre de 2018, el Ayuntamiento aprobó destinar cerca de 500.000 euros a la expropiación de ocho parcelas para el plan especial urbanístico de ampliación del cementerio y los servicios funerarios, que data de 2002. Entonces se rechazaron, por considerarlas excesivas, las hojas de aprecio presentadas por los particulares, mientras que las hojas de aprecio municipales fueron notificadas a los propietarios del suelo, que debían aceptarlas o rechazarlas, haciendo las alegaciones que estimen oportunas.

En estos casos, si finalmente el propietario rechaza el precio fundado ofrecido por el Ayuntamiento, o no emitiese contestación, se pasa el expediente al Jurado Territorial de Expropiación para que sea quien fije el importe, que puede ser recurrido por ambas partes.

 
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