Aprobado el Informe Ambiental para no instalar gasolineras a menos de 50 metros de viviendas en Getafe
Ya está publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid
Getafe
La Comunidad de Madrid ha aprobado el Informe Ambiental Estratégico de la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Getafe para que no se puedan instalar gasolineras a menos de 50 metros de las viviendas, según ha publicado este jueves el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).
Según el informe, al que ha tenido acceso Europa Press, la modificación introduce limitaciones que protegerán determinados usos y "tendrá una mínima influencia en el planeamiento urbanístico del municipio, dado que los cambios introducidos no modifican las determinaciones estructurantes (uso global, edificabilidad y aprovechamiento urbanístico)".
Asimismo, se señala que "no se observan riesgos para la salud humana y el medio ambiente, sino más bien al contrario, ya que se imponen limitaciones a las condiciones existentes, por lo que no se aprecia que la modificación puntual pueda suponer efectos significativos sobre el medio ambiente".
La modificación tiene como objetivo añadir condiciones más restrictivas a las ya existentes para la implantación del uso de instalaciones de suministro de combustible con la finalidad de evitar afecciones negativas sobre el entorno habitado. Para ello, se ha añadido a la normativa urbanística que las gasolineras solo podrán ubicarse en parcelas que se encuentren a una distancia superior a 50 metros de parcelas residenciales y a 100 metros de las parcelas calificadas para equipamiento.
Además, no se podrán implantar instalaciones de suministro de combustible en zonas afectadas por las bandas de grandes infraestructuras de abastecimiento de agua, y si afecta a franjas de protección, deberá contar con informe favorable de Canal de Isabel II "a fin de que se adopten los condicionantes que resulten necesarios para salvaguardar la indemnidad de las infraestructuras".
Estas nuevas limitaciones afectarán a las implantaciones existentes que, en aquellos casos que no cumplan con las nuevas distancias, "estarán a lo dispuesto en las normas del Plan General relativo a los edificios y usos fuera de ordenación".