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Las pruebas de ADN confirman el caso de las bebés intercambiadas en Logroño en 2002

Las dos niñas quedarán inscritas en el Registro Civil como hijas de los mismos padres | El abogado de la joven demandante reclama que se atienda la indemnización por este "error" que se fija en 3 millones de euros

El abogado José Sáez Morga. / Cadena SER

El abogado José Sáez Morga.

Logroño

El caso de las bebés que fueron intercambiadas en el Hospital San Millán de Logroño en 2002 ha quedado confirmado a la luz de las pruebas de ADN. Así consta en la sentencia del Juzgado de Familia de Logroño, una vez recibido el informe de ADN de la demandante y el que ha sido reconocido como su padre biológico.

De esta forma, la sentencia permite que la demantante se inscriba en el Registro Civil como hija de sus padres biológicos, pero desestima la petición para la otra afectada. De esta forma, ambas quedarán registradas como hija de los mismos padres.

"Se declara la paternidad y maternidad de mi cliente, pero a la otra ni se la toca", señala el abogado de la demandante, José Sáez Morga. La otra inscripción de la otra afectada quedará igual, con una nota marginal en la que se diga que "esos no son sus padres biológicos".

ORIGEN

Las dos niñas nacieron en el ya desaparecido Hospital San Millán de la capital riojana el mismo día con 5 horas de diferencia y, tras pasar ambas por la incubadora, fueron intercambiadas en la zona de cunas y entregadas a los padres equivocados.

La prueba de ADN corresponde al padre biológico de la niña que, en 2017, junto a su abuela, que la había criado, interpuso una demanda de alimentos contra el que pensaba que era su padre, aunque este afirmaba que no era su hija, lo que se confirmó.

Después, esta chica comprobó que la que creía que era su madre tampoco lo era, tras otra prueba de ADN no relacionada con este caso y varios informes de los grupos sanguíneos de los tres.

Por ello, se inició un procedimiento ante la Inspección Médica, que cotejó la información de los 17 menores nacidos en el mismo hospital en esa fecha, hasta dar con los datos de la otra chica.

En enero de 2021 se encargó el informe de ADN del padre que ha criado a esa segunda chica -cuya esposa falleció en 2018- y en septiembre de este año se remitieron los resultados, que confirmaron que era el progenitor biológico de la demandante y se celebró el juicio el pasado 14 de octubre.

El fallo judicial reconoce que esta segunda joven tiene toda la vida para solicitar su filiación y sus padres biológicos disponen de un año de plazo para pedirla, ha añadido.

INDEMNIZACIÓN

El abogado también ha añdido que una vez que "el error está confirmado" es preciso que se reabra el procedimiento para indemnizar a su clienta. En su día se solicitó al Servicio Riojano de Salud una indemnización de 3 millones de euros por este "daño moral inconmensurable". Una cantidad fijada en función de los baremos establecidos en la Ley de Consumidores y Usuarios, pero la administración autonómica ofreció una compensación de 215.000 euros. Ahora se encuentran a la espera de conocer una nueva cuantía en concepto de compensación.

 
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