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Pasaporte covid

La Comunitat aplica desde el sábado el pasaporte Covid, que ya tienen más de 2,9 millones de valencianos

Barceló pide por carta colaboración a ayuntamientos y profesionales para una medida "proporcional, necesaria y de urgencia"

Una persona muestra su certificado de vacunación contra el Covid-19 (archivo) / Eduardo Sanz - Europa Press (EUROPA PRESS)

Una persona muestra su certificado de vacunación contra el Covid-19 (archivo)

Valencia

El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) publicará este viernes la resolución que regula el uso del llamado pasaporte Covid en la Comunitat Valenciana. De esta forma, el certificado será obligatorio desde el día siguiente, el sábado 4 de diciembre a las 00.00 horas, es decir, entrará en vigor la noche del viernes al sábado.

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Así lo precisa la Conselleria de Sanidad Universal, que recuerda que se trata de un documento que habrá que presentar, junto con un documento acreditativo de la identidad --pasaporte o DNI-- en locales de ocio y restauración con aforos de más de 50 personas; espacios dedicados a actividades recreativas y de azar con comida; eventos y celebraciones de más de más de 500 personas donde no siempre se pueda llevar la mascarilla y visitas a hospitales (cuando se permitan) y a residencias de servicios sociales.

Además, mañana se publicará en la web www.coronavirus.san.gva de la Conselleria de Sanidad un enlace con los detalles relativos a esta medida.

Hasta el momento, más de 2,9 millones de valencianos y valencianas ya lo tienen y en los últimos 7 días se han descargado más de 720.000 certificados Covid en la Comunitat Valenciana, con un promedio de 103.000 descargas diarias. Durante el mes de noviembre se han acumulado 1.256.640 descargas del certificado, detallan.

Con motivo de la puesta en marcha de la medida, la Conselleria de Sanitat ha remitido a los ayuntamientos y los sectores afectados por la medida sendos escritos, firmados por la titular del departamento, Ana Barceló, con información relativa a esta iniciativa destinada a contener los contagios.

En la misiva dirigida a los alcaldes y alcaldesas, la consellera subraya que "durante los meses transcurridos desde que comenzó la pandemia ha quedado de manifiesto la importancia de que las distintas administraciones, la ciudadanía y los sectores económicos, trabajemos conjuntamente ante este reto al que se enfrenta al sociedad".

"Por ese motivo, solicito de nuevo tu colaboración para, en el ámbito de tus competencias, velar por el cumplimiento efectivo de esta nueva medida y del resto de medidas vigentes, entre ellas, el uso de la mascarilla mientras no se esté consumiendo", expone.

El mismo mensaje se remite a los profesionales, a quien se recalca que la administración considera la medida "proporcional, necesaria y de urgencia, avalada por el Tribunal Superior de Justicia de a Comunitat y que tiene como objetivo proteger la salud de la población mediante la generación de espacios más seguros".

CONSEGUIR EL CERTIFICADO, "MUY SENCILLO"

Desde Sanidad recalcan que conseguir el certificado es "muy sencillo", ya que basta con descargárselo en el móvil, imprimirlo desde la página web de la Conselleria o solicitarlo en un centro de salud.

Además, los profesionales pueden descargarse una app libre en sus teléfonos o tablets para verificar la autenticidad y validez del certificado.

Los locales afectados por la medida, además de los centros residenciales y hospitales (Ley 14/2010 de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos, son los dedicados a actividades hosteleras y de restauración (con aforos de más de 50 personas): salones de banquetes, restaurantes, cafés, bares, cafeterías, establecimientos públicos ubicados en zona marítimo-terrestre y salón-lounge.

También se incluyen las actividades de ocio y entretenimiento con ese mismo aforo: salas de fiestas; discotecas; salas de baile; pubs; cibercafés; y establecimientos de exhibiciones de contenido erótico.

Finalmente, el certificado se exigirá en las actividades recreativas y de azar con servicio de restauración: casinos de juego; salas de bingo; salones recreativos de máquinas de azar tipo A y B; salones de juego; tómbolas y similares y salones cíber.

 
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