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El Supremo considera inadmisible el recurso de Escal contra el desmantelamiento de Castor

La Audiencia Provincial de Castellón ha absuelto a los acusados Recaredo del Potro, José Luis Martínez Dalmau y a la mercantil Escal UGS SL, del delito contra el medio ambiente y los recursos naturales del que habían sido acusados

Imagen de archivo / Jesús Hellín Foto Archivo (EUROPA PRESS)

Vinaròs

El Tribunal Supremo ha declarado inadmisible el recurso de Escal contra el acuerdo de desmantelamiento del almacén Castor, situado frente a la costa de Vinaròs, al entender que la sociedad carece de legitimación para impugnar la decisión del Consejo de Ministros de octubre de 2019 que cerró definitivamente la instalación.

La sala tercera del Supremo atiende así al criterio de la abogacía del Estado y de Enagás. En su recurso, Escal denunciaba que no se le había dado audiencia en el expediente de aprobación del acuerdo de desmantelamiento del almacenamiento subterráneo Castor, pese a considerar que tenía carácter de interesado, en la medida en que fue incluida en el sistema de liquidaciones del sistema del déficit tarifario de gas natural.

Pero en su sentencia fechada el pasado 11 de noviembre, el Supremo recuerda que su doctrina jurisprudencial sobre la apreciación de la legitimación se fundamenta en la demostración de que la disposición u acto administrativo impugnados ha producido o ha podido producir una lesión jurídica de derechos o intereses legítimos en sentido propio.

Y en el presente caso, los intereses económicos esgrimidos por Escal "no guardan conexión con el objeto del recurso", ya que el acuerdo de desmantelamiento del Consejo de Ministros "no contempla ninguna disposición de carácter retributivo para el anterior concesionario".

Las obligaciones impuestas por el desmantelamiento sólo incumben a Enagás, añade el Supremo.

 
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