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Condenan a Sanitat a pagar 20.000 euros porque no se informó de las secuelas de una mastectomía

La mujer, con antecedentes familiares de cáncer de mama, se sometió a una cirugía de mastectomía bilateral sin que le realizaran un estudio genético previo y con graves complicaciones posteriores

Queda acreditado que no se informó debidamente a la paciente / Europa Press

Valencia

La sección segunda de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha condenado a la Conselleria de Sanidad a indemnizar con 20.000 euros a una mujer a la que no se le informó debidamente de las circunstancias, riesgos y alternativas posibles a la mastectomía que se le practicó y que le dejó graves secuelas.

Así se desprende de la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que el tribunal estima parcialmente el recurso interpuesto por la afectada contra la desestimación por silencio administrativo de la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada contra la Administración.

La mujer, con antecedentes familiares de cáncer de mama, se sometió a una cirugía de mastectomía bilateral sin que le realizaran un estudio genético previo y con graves complicaciones posteriores.

Así, la afectada, representada por la letrada Carmen Romero, interpuso una reclamación ante la Administración, a la que pedía 400.000 euros, por habérsele intervenido por equivocación de mastectomía radical bilateral y vaciamiento axilar con reconstrucción mamaria inmediata; no informarle convenientemente ni hacerle un estudio previo genético previo a la operación; y por hacerle de modo negligente el seguimiento post-quirúrgico y post-operatorio.

A esta pretensión se opuso la Administración y aseguradora codemandada al entender que no había ninguna acreditación de la infracción de la lex artis. En cualquier caso, consideraban la cantidad reclamada como desproporcionada.

La Sala, tras estudiar el caso, ha estimado parcialmente el recurso de la afectada al entender que la paciente no resultó debidamente informada de las circunstancias, riesgos y alternativas posibles a la intervención practicada.

Al respecto, indica que, a diferencia del consentimiento a la aplicación anestésica suscrito por la mujer, el referido a la intervención quirúrgica de mastectomía no figura ni siquiera cumplimentado. "No existe rastro" del mismo, añade.

Sin embargo, la Sala no admite que la recurrente haya sido intervenida por equivocación puesto que a la operación se llega en 2012 una vez constatada la voluntad de la afectada y ante sus antecedentes personales y familiares; ni que no le fuera suministrada antibioterapia con carácter previo a la intervención.

Así mismo, el tribunal no considera que la intervención y subsiguientes hayan sido realizadas de modo negligente con defectuoso seguimiento post-quirúrgico y post-operatorio puesto que no hay pruebas de índole técnica determinantes.

Por todo, valorando el menoscabo derivado de los riesgos vinculados a la práctica de las intervenciones, que no se han acreditado contrarias a la lex artis ad hoc, el tribunal fija una indemnización de 20.000 euros.

 
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