Vuelven las multas para los vehículos contaminantes que accedan al centro de Madrid
Desde este domingo las cámaras del Ayuntamiento vuelven a multar por accesos indebidos a la Zona de Bajas Emisiones Distrito Centro
Madrid
Se pone fin a los dos meses de periodo informativo en el que las cámaras de esta zona de bajas emisiones han estado captando las matrículas de los vehículos no autorizados, aunque no se les ha sancionado. Desde este domingo, 12 de diciembre los vehículos con distintivo ambiental A, B y C que entren al centro sin ir a un parking serán multados con 90 euros, tal y como ocurría con Madrid Central.
La principal novedad de Distrito Centro respecto a Madrid Central es que equipara a los comerciantes con los residentes, una disposición que entrará en vigor el 22 de diciembre, cuando se hayan incorporado los datos de los interesados al sistema y esté plenamente operativo. No hay cambios en el perímetro. Los límites son los mismos que el área restringida anterior.
ACCESOS
Los vehículos con categoría ambiental A no podrán acceder a la zona de bajas emisiones (gasolinas matriculados antes del 2000 y diésel anteriores a 2006), excepto que sean residentes, empadronados, vehículos pesados o servicios esenciales. Para estos vehículos las normas se endurecerán en el futuro, ya que a partir del 1 de enero de 2002 tendrán prohibido el acceso y la circulación dentro de la M-30. En cuanto a los vehículos con pegatina B y C tendrán circulación limitada: podrán acceder a la zona para aparcar en un aparcamiento, ya sea público o privado. En esta categoría también existen excepciones para los vehículos de los residentes, personas con movilidad reducida, servicios públicos, transporte, empresas y autónomos.
También se retrasa un año la limitación de acceso a los vehículos de mercancías con etiqueta B y de más de 3.500 kilos. Entrará en vigor el 31 de diciembre de 2022.
Las motocicletas podrán acceder al nuevo Madrid Central desde las 7.00 hasta las 22.00 horas; a partir de ese momento, al entrar o salir serán