Directo

ENTREVISTA RODRI Sigue en directo la entrevista en 'El Larguero' a Rodri, el ganador del Balón de Oro

Tribunales | Actualidad
Corrupción

La audiencia exculpa a otros tres acusados del pitufeo, pero pide que siga la causa contra García Fuster

Entre los tres exculpados se encuentran las concejalas Ana María Albert, Mairen Beneyto y el asesor Alejandro Fernández Checa

Ayuntamiento de València / Europa Press

Valencia

Este miércoles han sido notificados cuatro autos de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia relativos a la causa conocida como del 'pitufeo' (pieza A del 'caso Taula'). En tres de estos autos, la Sala decreta el archivo provisional de la causa para dos exconcejalas y un asesor del grupo municipal popular en el Ayuntamiento de Valencia, las concejalas Ana María Albert, Mairen Beneyto y el asesor Alejandro Fernández Checa, respectivamente, al considerar que no existen indicios de que cometieran un delito de blanqueo de capitales durante la campaña para las elecciones municipales de 2015.

Estos tres investigados se suman a los 13 respecto de los cuales el mismo tribunal ha decretado el sobreseimiento provisional de las diligencias por ese mismo delito, tras estimar sus recursos de apelación contra el auto de procedimiento abreviado dictado en octubre pasado por el Juzgado de Instrucción 18 de Valencia.

Además, la Sección Cuarta de la Audiencia ha notificado este miércoles un cuarto auto en el que estima solo en parte el recurso de apelación de la que fuera secretaria del grupo popular en el Ayuntamiento, María Carmen García Fuster. Así, en su caso revoca el auto de procedimiento abreviado dictado por el instructor exclusivamente en la parte relativa al blanqueo de capitales, pero establece que siga la causa contra ella por la “supuesta percepción de dinero de origen desconocido pero vinculado no obstante a cobros de empresas por trabajos no demostrados o realizados con sobrecoste” en la campaña electoral de 2011.

A juicio del Tribunal, existe un “substrato que permite atribuir racional e indiciariamente la consideración de dinero procedente de una actividad delictiva al dinero descubierto a través de las notas manuscritas, poseído y manejado por la apelante sin haber aportado una explicación coherente que descarte los mencionados indicios”.

 
  • Cadena SER

  •  
Programación
Cadena SER

Hoy por Hoy

Àngels Barceló

Comparte

Compartir desde el minuto: 00:00