La Generalitat aprueba el Plan General estructural de Castelló de la Plana
De esta forma, se pone fin a la situación de vacío que había desde que el Tribunal Supremo anuló en 2009, el anterior Plan General del año 2000

Ciudad de Castelló / Radio Castellón

Castellón
La Comisión Territorial de Urbanismo de Castellón ha aprobado definitivamente el Plan General estructural del municipio de Castelló de la Plana. De esta forma, se pone fin a la situación de vacío que había desde que el Tribunal Supremo anuló en 2009, el anterior Plan General del año 2000.
El conseller de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, Arcadi España, ha puesto de relieve la celeridad con la que se ha procedido a su aprobación, ya que la solicitud de aprobación definitiva autonómica entró en la Comisión Territorial de Urbanismo el pasado 1 de julio de 2021.
España ha subrayado el gran trabajo realizado para que Castelló tenga un Plan General que dé seguridad jurídica, que planifique de forma adecuada su futuro teniendo en cuenta todas las necesidades de creación de empleo, de sostenibilidad y de calidad de vida que este instrumento urbanístico va a permitir en los próximos años.
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El conseller de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, Arcadi España
El responsable de Territorio de la Generalitat ha destacado el intenso proceso de participación ciudadana, que ha habido en la redacción del Plan, que inició el Ayuntamiento de Castelló de la Plana en julio de 2013.
El Plan contiene la ordenación urbanística estructural del municipio y ahora corresponderá al Ayuntamiento de Castelló de la Plana aprobar definitivamente el Plan pormenorizado, que es el que va a incluir la ordenación urbanística de detalle.
También se prevé que las construcciones existentes en el suelo no urbanizable puedan regularizarse a través de planes especiales de minimización de impacto ambiental que permitirán la regularización de las viviendas de la Marjaleria y la solución de los problemas medioambientales.
En cuanto a la ordenación que el Plan General prevé para la Marjalería. En este ámbito se mantiene la clasificación de suelo urbano de las áreas más consolidadas, cuya ordenación se remite a posteriores planes de reforma interior, y se incrementa notablemente la superficie del suelo no urbanizable común y protegido.




