Los colegios Castilla y Santa Maria no permiten regresar a casa a sus alumnos sin un adulto responsable
La medida adoptada sólo por estos dos centros está motivada en algunos episodios de acoso fuera del horario escolar
Aranda de Duero
Los colegios Castilla y Santa María han decido no dar validez a las autorizaciones que los padres de alumnos de 5º y 6º de Primaria firmaron a principios de curso para que sus hijos pudieran salir solos del centro al término de la jornada escolar. Desde este lunes, la norma exige que sea al menos uno de los padres o, en su defecto, un adulto autorizado por ellos, quien acuda a la salida del colegio a recoger a los niños. En caso de no llegar en el margen de tiempo que se les concede, el alumno será trasladado al comedor, con el correspondiente cargo para la familia y, fuera de este horario incluso podría llamarse a la Policía Local para que se hiciera cargo de él o ella.
Algunas situaciones conflictivas de supuesto acoso entre alumnos que se produjeron fuera del centro docente una vez finalizado el horario escolar han sido las que han impulsado la nueva dinámica adoptada por ambos centros, pero no por el resto.
Los motivos en los que se amparan las direcciones de estos centros apelan al artículo 1903 del Código Civil que expresa: “Las personas o entidades que sean titulares de un Centro docente de enseñanza no superior responderán por los daños y perjuicios que causen sus alumnos menores de edad durante los períodos de tiempo en que los mismos se hallen bajo el control o vigilancia del profesorado del Centro, desarrollando actividades escolares o extraescolares y complementarias”.
Apelando al código civil, estos dos centros han decidido con esta medida eludir toda responsabilidad frente a hipotéticas denuncias que pudieran plantearse en el futuro. Sin embargo la legalidad tiene, como siempre, un cierto margen de interpretación. David Pomar, abogado, considera que con la autorización que firmaron los padres para que sus hijos puedan volver a casa sin necesidad de que ningún adulto responsable vaya a recogerlos sería suficiente. “Entiendo que la medida está motivada para que no se pueda generar ninguna duda sobre la interpretación de si la autorización es suficiente, pero jurídicamente yo entiendo que una autorización por parte de un padre, que ostenta una patria potestad indelegable para cuando salgan del centro debiera ser suficiente”, afirma
La cadena SER aún no ha obtenido respuesta de las autoridades educativas de la Junta de Castilla y León preguntadas sobre este asunto, pero fuentes de la Consejería de Educación aseguran que cada centro tiene la potestad de adoptar medidas como ésta en aras a garantizar la protección de sus alumnos o de continuar con el modelo actual.