Economia y negocios

Kutxabank, Bankinter, BBVA y ahora... el Banco Santander: siguen las condenas judiciales por comisiones abusivas

El juzgado mercantil de Vitoria ha anulado por "abusiva" la comisión por los ingresos en en ventanilla por parte de terceros

J.J. Guillén EFE

Vitoria

Uno a uno los bancos que cobraban esta comisión bancaria están siendo condenadas por un juzgado de Vitoria a dejar de cobrarla. Hablamos de la comisión por ingresos en efectivo en ventanilla que los bancos cobran si quien realiza ese ingreso no es un titular de la cuenta.

De nuevo, el juzgado de lo mercantil número 1 de Vitoria ha condenado a un banco a dejar de cobrar esta comisión por considerarla "una práctica abusiva, contraria a la normativa de protección de los consumidores y usuarios". Esta vez la entidad ha sido el Banco Santander. Con anterioridad este mismo juzgado había condenado a Kutxabank, Bankinter y BBVA. En el caso de Kutxabank, la sentencia ya es firme tras recibir el respaldo del Tribuna Supremo.

El Banco Santander puede ahora presentar recurso ante la Audiencia y, en su caso, ante el Supremo, pero condena al banco "a cesar en la práctica indicada, a abstenerse del cobro de la indicada comisión y a eliminar del folleto de tarifas de comisiones, condiciones y gastos la información relativa a su devengo". La demanda, como en los casos anteriores, había sido presentada por la Asociación de Personas Consumidoras y Usuarias Vasca (Eka/Ocuv).

En este caso, el Banco Santander cobra 10 euros a esas personas que realizan ingresos en ventanilla sin ser titulares de las cuentas. Según la sentencia, sólo se excluyen de la comisión a los empleados del propio banco, apoderados del titular de la cuenta o si los beneficiarios son ONGs, organismos públicos y entidades oficiales.

La sentencia considera que se está realizando un doble cobro por un mismo servicio, ya que ese servicio ya está integrado en las comisiones de mantenimiento de la cuenta que se le cobran al titular. La jueza señala que la única diferencia es la información sobre el usuario que realizar el ingreso.

"De todo ello se obtiene que desde el punto de vista del tercero que lleva a cabo el ingreso, el cobro de una comisión de 10 euros por cada operación, constituye una práctica abusiva", se explica en la sentencia.

La asociación de consumidores reclamaba también que se anulara la comisión por aviso especial de ingreso en efectivo, pero la sentencia no la ha valorado porque no existe desde al menos el 1 de enero de 2018.

 
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