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La Hacienda de Bizkaia tendrá información de las operaciones con criptomonedas

Además, la Diputación reduce del millón a los 600.000 euros el límite para ser incluido en el listado de morosos con Hacienda

Criptomonedas. / Getty Images

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La Diputación Foral de Bizkaia ha aprobado el Anteproyecto de Norma Foral que introduce modificaciones y ajustes en la normativa tributaria de Bizkaia con efectos desde el 1 de enero de 2022, con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal. Así, se reduce a 600.000 euros del límite del listado de personas con grandes deudas tributarias, se adopta el régimen transitorio para la liquidación de SICAV de territorio común y se establecen las obligaciones de información sobre criptomonedas, entre otras medidas.

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Mediante estas medidas la Diputación persigue los objetivos de reforzar las medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, adecuar la normativa tributaria de Bizkaia a las cambiantes realidades jurídicas y económicas y armonizarla con las de los territorios históricos de Álava y Gipuzkoa.

Tras su aprobación por el Consejo de Gobierno de la Diputación Foral, el Proyecto de Norma Foral será trasladado a las Juntas Generales para su tramitación parlamentaria.

Entre las modificaciones y ajustes más relevantes se encuentran las referidas a la Norma Foral del Impuesto sobre Sociedades, que contempla la deducción por inversiones y gastos vinculados a proyectos que procuren el desarrollo sostenible, la conservación y mejora del medio ambiente y el aprovechamiento más eficiente de fuentes de energía Así, se incrementa el límite de deducción sobre la cuota líquida, que pasa del 35% al 50%.

También se incluyen deducciones por actividades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica y se actualizan los conceptos fiscales de software avanzado y de innovación, adecuándolos a las definiciones de referencia internacional más recientes y a la realidad tecnológica actual.

Además, se recogen mejoras en las reservas especiales de compensación para fomentar la capitalización empresarial, para la nivelación de beneficios y para el fomento del emprendimiento y el reforzamiento de la actividad productiva.

Asimismo, se contempla la adopción del régimen transitorio establecido en la Ley 11/2021 para contribuyentes de Bizkaia que sean socias de determinadas sociedades de inversión de capital variable (SICAV) de territorio común que acuerden su disolución.

En cuanto a la Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se incluye un nuevo supuesto de no consideración de rendimiento de trabajo en especie. Las cantidades percibidas por las personas empleadas en compensación por los gastos de desplazamiento en transporte público, con un límite de 1.500 euros anuales.

En relación a la Norma Foral General Tributaria, se reduce de 1.000.000 a 600.000 euros el importe cuya superación conlleva la inclusión en el listado de personas con grandes deudas tributarias. Así mismo, se permite que la persona deudora no aparezca en el listado si durante el periodo de alegaciones reduce su deuda a menos de 600.000 euros.

Por lo que respecta a la Norma Foral de Haciendas Locales, se establece la posibilidad de que las entidades locales aprueben bonificaciones extraordinarias sobre las tasas municipales cuando venga motivado por razones excepcionales o de urgencia, y en particular por la crisis sanitaria provocada por la covid-19.

Obligaciones e información

Entre las modificaciones y mejoras se incluye el establecimiento de la obligación de información sobre los saldos que mantienen los titulares de monedas virtuales y de las operaciones sobre dichas monedas por parte de quienes les proporcionan los servicios que posibiliten la tenencia y realización de estas operaciones.

También se recoge la adecuación a la legalidad europea del régimen jurídico de la obligación de declaración de bienes y derechos en el extranjero, se elimina el régimen sancionador específico y se suprime la imposibilidad de ampararse en la prescripción en relación con la imputación de una ganancia patrimonial no justificada en caso de no presentación del modelo informativo.

 
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