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Condenan a 44 años al asesino del doble crimen de Abanto: "Es decepcionante una atenuante por confesión en un doble asesinato con dos agravantes"

Así lo asegura la abogada de la asociación Clara Campoamor tras la sentencia por el doble crimen de Abanto en el que la magistrada que presidió la vista oral no atiende la decisión del jurado, que rechazó este extremo, y recoge la atenuante para el condenado

Ana Hernando: ""Es decepcionante una atenuante por confesión en un doble asesinato con dos agravantes"

Ana Hernando: ""Es decepcionante una atenuante por confesión en un doble asesinato con dos agravantes"

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Bilbao

La condena asciende a 44 años de cárcel. 22 años por cada uno de los asesinatos con alevosía y las agravantes de parentesco y violencia de género. La magistrada que presidió el juicio le aplica la atenuante analógica de confesión, ya que contó a sus hermanas y un ex cuñado lo que había hecho, aunque no se entregó. El jurado popular le declaró culpable por unanimidad el pasado 28 de septiembre. La resolución le obliga, además, a indemnizar a la madres y abuela de las víctimas con 170.000 euros y con 40.000 a cada uno de los tres hermanos y tíos por los daños morales sufridos por la pérdida. La Fiscalía y las acusaciones particular y popular (asociación Clara Campoamor) reclamaban 48 y 50 años de prisión respectivamente y la defensa, la mínima, al pedir que se le aplicaran los atenuantes de confesión, alcoholismo y trastorno mental. No admitieron ninguno de los tres. La magistrada, sin embargo, sí tiene en cuenta que la sintomatología depresiva apreciada por la psiquiatra del Centro Penitenciario de Bizkaia pudo "haberle influido en su percepción de la reaidad" previa a los asesinatos.

"Sentencia insuficiente"

La abogada de la asociación Clara Campoamor, Ana Hernando, ha asegurado en Radio Bilbao que esta sentencia, ante la que cabe recurso, "es insuficiente y decepcionante". A su juicio, no está conforme porque se aprecia el atenuante de confesión apartándose de la decisión del jurado. Además, respecto a las dudas de la pena porque el fundamento cuarto de la sentencia que impone 23 años de prisión por cada uno de los delitos en el fallo aparecen 22, por eso han presentado un escrito tratando de que se aclare. En cualquier caso, consideran los 44 años una pena insuficiente para un doble asesinato con dos agravantes.

El condenado, en prisión provisional, deberá someterse a libertad vigilada por un plazo de 10 años con obligación de participar en programas formativos contra la violencia de género. La abogada de la asociación Clara Campoamor, Ana Hernando, reconoce en Radio Bilbao que "forma parte del guión en el sentido de que la Ley obliga y establece que es preceptivo que con una condena de estas características deben realizarse estos cursos formativos". Ahora bien, admite que en la asociación tienen "dudas sobre la efectividad que puedan tener partiendo de la obligatoriedad de los mismos".

 
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