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El Tribunal Supremo confirma las principales condenas por corrupción del 'caso De Miguel'

Matiza las penas a los ex dirigentes del PNV, De Miguel y Ochandiano, cabecillas de la trama que irán a prisión

Alfredo de Miguel (d), y su abogado, Gonzalo Susaeta, a su llegada hoy al Palacio de Justicia de Vitoria / David Aguilar (EFE)

Vitoria

El Tribunal Supremo ha confirmado las principales condenas por corrupción impuestas por la Audiencia Provincial de Álava a varios ex dirigentes del PNV e integrantes de la trama conocida como 'caso Miñano' o 'caso De Miguel', cuya cúpula integraban los ex burukides Alfredo De Miguel y Aitor Tellería y Koldo Ochandiano, militante jeltzale.

El fallo de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ratifica la sentencia dictada el 17 de diciembre de 2019 por la Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Álava, que condenó por corrupción entre otros a los ex dirigentes jeltzales Alfredo De Miguel, Luis Felipe Ochandiano y Aitor Tellería Lambarri.

El alto tribunal ha incluido "correcciones técnicas puntuales", una de las cuales afecta a Alfredo De Miguel, cabecilla de la trama corrupta, número dos del PNV en Álava cuando estalló el escándalo y que da nombre al caso. "Absolvemos A Alfredo De Miguel del delito de tráfico de influencias del artículo 428 del Código penal por el que venía condenado por la adjudicación de contratos por el Ayuntamiento de Zambrana, manteniendo el resto de pronunciamientos de condena que la sentencia de instancia contiene", recoge el fallo.

De esta forma, la condena original de 13 años y 3 meses de cárcel pasa a ser de 12 años y 4 meses al absolverle el Supremo de uno de los cuatro delitos de tráfico de influencias, si bien mantiene la condena por asociación ilícita, cohecho pasivo, prevaricación y malversación. El alto tribunal rebaja también la pena a el ex burukide Aitor Tellería de 6 años y 6 meses a 5 años y un mes de prisión y mantiene la condena de Koldo Otxandiano en 7 años y 6 meses al igual que la del ex director de Juventud del Gobierno vasco Javier Sánchez Robles, fijada en 7 años y un mes de cárcel.

La nota informatida emitida por el Supremo sostiene que "los tres acusados, prevaliéndose de su capacidad de influencia política como miembros de la ejecutiva alavesa del Partido Nacionalista Vasco y de su compañerismo político con personalidades que ocupaban puestos de relevancia en la administración autonómica y municipal, se concertaron para favorecer que determinados organismos de la administración adjudicaran contratos de obras o de servicios a empresarios que estuvieran dispuestos a pagarles una comisión. Para encubrir el cobro de estas comisiones, los acusados constituyeron varias sociedades que facturaban servicios ficticios a los empresarios beneficiados. Sociedades que aparentaban no pertenecer a los encausados, pues se constituyeron bajo la titularidad de testaferros".

La setencia fija también algunas correcciones para el resto de condenados que recurrieron. El alto tribunal tan solo ha absuelto de todos los cargos al presidente de los Parques Tecnológicos del País vasco, Julián Andrés Sánchez Alegría, por no aportarse prueba suficiente de que llegara a conocer las irregularidades en que incurrieron los procedimientos que llevaron a la adjudicación de contratos a favor de dos entidades.

El tribunal ha estado formado por los magistrados Manuel Marchena (presidente), Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral, Ana Ferrer y Pablo Llarena (ponente).

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