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Los condenados del 'caso Sansoheta' que pactaron la pena podrían beneficiarse de la 'ley del solo sí es sí'

El acuerdo con las acusaciones se produjo tres días antes de que entrara en vigor la polémica reforma de código penal

Una imagen del juicio contra los acusados de pagar por tener sexo con menores tutelados / L. Rico (EFE)

Vitoria

La brecha abierta en la puerta trasera de la ley del “solo sí es sí” ha alcanzado también al caso Sansoheta de corrupción de menores tutelados en Álava. La sentencia deja la puerta abierta a que los condenados, que pactaron la pena tan solo tres días antes de la entrada en vigor del nuevo Código Penal, puedan acogerse a la retroactividad positiva de la polémica reforma que el tribunal si ha aplicado para el resto de condenados.

Así está recogido en la letra pequeña del fallo que difundió ayer la Audiencia Provincial de Álava y que abre la puerta a que se revise la pena a estos cuatro condenados en la fase de ejecución de la sentencia o en instancias judiciales superiores.

"Estas penas fueron solicitadas y aceptadas tres días antes de que entrara en vigor la reforma operada en el Código Penal por la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, y, en cuanto fueron resultado de un pacto entre las partes, a las mismas se atendrá la Sala, sin perjuicio de que en instancia superior o por este mismo Tribunal en fase de ejecución pueda valorarse la aplicación de dicha reforma al amparo del artículo 2.2 del Código; trámites posteriores en los que las partes acusadoras tendrían oportunidad de alegar lo que a sus pretensiones conviniera con preservación del principio de contradicción también sobre esta materia referida al acusado confeso" contempla el escrito.

La Asociación Clara Campoamor, que ejerció la acusación particular en el proceso, ya ha anticipado que se opondrá. "Hicimos un esfuerzo por llegar a una pena y si ahora se plantea otra inferior, creo que ese no era el fundamento del acuerdo y se rompe el acuerdo. Así que, si es así, nos opondremos", ha asegurado Jose Miguel Fernandez, delegado del colectivo en Euskadi, en declaraciones a la Cadena SER.

La posible revisión en aplicación de la reforma afectaría a los condenados por un delito de agresión sexual a menor de 16 años con acceso carnal y que en el caso de los penados que no pactaron con las acusaciones ha supuesto una reducción en la condena de entre uno y dos años de prisión.