Empodera a alguien con dificultades de movilidad para votar: poderes notariales
El poder electoral para las elecciones de este 2023 termina el 18 de mayo
Participación inclusiva, ¿cómo se garantiza en Bizkaia?
08:23
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Bilbao
El derecho al voto es una de las bases esenciales en nuestra democracia, y se ejerce personalmente. Se hace ante la urna que nos corresponde o mediante voto por correo. Ambos casos nos exigen acudir físicamente al lugar, pero ¿qué pasa con las personas que no pueden acudir?, ¿puede solicitar el voto por correo otra persona si está autorizada?
La ley prevé que si un ciudadano padece una enfermedad o incapacidad que le impida desplazarse a votar o solicitar el voto por correo, este puede otorgar un poder electoral para que otra persona lo haga en su nombre. "Tiene la posibilidad de otorgar un poder electoral a favor de otra persona, para que esta pueda hacerles todo el trámite de voto por correo. En realidad estarían votando por correo, no es un poder para que vaya otra persona el 28 de mayo a la urna a introducir la papeleta en su nombre", explica Igone Aretxaga, notaria en Balmaseda.
¿Cómo se hace?
La ley exige que para poder otorgar el poder se tiene que aportar un certificado médico donde se diga expresamente que esa persona tiene dificultades de movilidad. El documento se presenta ante el notario, y es "totalmente" gratuito el procedimiento; lo paga el notario. Una vez entregado el certificado al notario, este redactará el poder y se trasladará al domicilio u hospital donde se encuentre el votante imposibilitado para la firma.
Según Aretxaga no se han solicitado más poderes electorales que en otros años. "Para estas elecciones yo voy a firmar unos 115 poderes", dice. El poderdante solo puede otorgar un poder y el apoderado serlo de un solo votante. El plazo para solicitar el poder en estas elecciones finaliza el 18 de mayo, el mismo día que finaliza el voto por correo.