Absuelta por alteración psíquica la enfermera de Osakidetza que fingió vacunar a menores
El tribunal absuelve a la acusada al considerar que padecía un trastorno delirante, pero le impone siete años de tratamiento psiquiátrico e inhabilitación y propone al Ministerio de Justicia tipificar penalmente estas conductas por el riesgo que suponen para la salud pública
BILBAO, 15/09/2025.- Un momento del juicio que se sigue contra una enfermera del ambulatorio de Kabieces en Santurtzi (Bizkaia), que simulaba vacunar a los niños, pero que en realidad no lo hacía, este lunes. EFE/Jon Garai / Jon Garai (EFE)
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Bizkaia ha absuelto a la enfermera del Servicio Vasco de Salud (Osakidetza) juzgada por simular la vacunación de menores entre 2021 y 2022. El tribunal aplica la eximente completa de alteración psíquica del artículo 20.1 del Código Penal al concluir que la acusada padecía un trastorno delirante que anuló por completo su capacidad de comprensión y voluntad en los hechos.
La resolución judicial, fechada el 8 de octubre de 2025, declara que la mujer queda exenta de responsabilidad criminal debido a su enfermedad mental, aunque establece medidas de seguridad y responsabilidad civil. La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
Medidas de seguridad: tratamiento psiquiátrico e inhabilitación
La Audiencia de Bizkaia impone a la acusada siete años de tratamiento médico externo bajo supervisión de un especialista en psiquiatría, así como el mismo periodo de inhabilitación para ejercer cualquier profesión o empleo público en el ámbito sanitario. Según la Sala, estas medidas responden “a la necesidad de que la acusada reciba tratamiento médico por la patología que padece y no preste servicios incompatibles con su trastorno”.
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La enfermera tiene reconocida una incapacidad total para ejercer su profesión desde octubre de 2024.
Indemnización de 20.000 euros a Osakidetza
El tribunal obliga a la mujer a indemnizar a Osakidetza con 20.000 euros, una cantidad que corresponde a los gastos asumidos por el Servicio Vasco de Salud al volver a vacunar a los 404 menores asignados a su cupo. La repetición del proceso de inmunización supuso costes adicionales de vacunas y personal sanitario.
Hechos probados
Entre febrero de 2021 y septiembre de 2022, la enfermera trabajó en el área de pediatría de un centro de salud público de Bizkaia. Según la sentencia, no administró las vacunas indicadas a los menores o lo hizo de forma incorrecta, desechando total o parcialmente las dosis. Aun así, registró en el historial clínico digital y en las cartillas de vacunación que las inoculaciones se habían realizado conforme al protocolo.
De un total de 404 menores a su cargo, las investigaciones determinaron que al menos 38 niños y niñas no habían recibido las vacunas de triple vírica, varicela y tétanos. Los testimonios de los progenitores, calificados por el tribunal como “creíbles, coherentes y persistentes”, coincidieron en describir una actuación inusualmente rápida de la enfermera y la ausencia de reacciones en los menores tras las supuestas inoculaciones.
Las pruebas serológicas realizadas tanto por Osakidetza como por clínicas privadas confirmaron la ausencia de anticuerpos en esos 38 menores, lo que motivó la repetición completa de la vacunación.
Trastorno delirante de tipo mesiánico
Los informes psiquiátricos presentados durante el juicio determinaron que la acusada sufría un trastorno delirante complejo de corte mesiánico, esotérico y místico, que anulaba sus capacidades intelectivas y volitivas. La Audiencia destaca que la conducta de no vacunar fue consecuencia directa del delirio y no una decisión consciente o voluntaria.
“Sus facultades intelectivas estaban anuladas y no solo severamente afectadas”, recoge la sentencia, que aplica por ello la eximente completa de alteración psíquica y sustituye la pena por medidas de seguridad.
Propuesta al Ministerio de Justicia para reformar el Código Penal
Más allá del caso concreto, la Audiencia de Bizkaia ha decidido trasladar una exposición razonada al ministro de Justicia para que valore la posible inclusión de un nuevo tipo penal en el Código Penal. El tribunal considera que la conducta de un empleado público que simula la vacunación de menores “genera un problema grave de salud pública” que actualmente no está tipificado ni como delito contra la salud pública ni como infracción de funcionario público.
La Sala entiende que este tipo de acciones deberían ser objeto de regulación penal “por el riesgo sanitario que comportan y la quiebra de confianza en el sistema público de vacunación”.
Sentencia no firme
La resolución judicial puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. Mientras tanto, la enfermera deberá cumplir las medidas de tratamiento psiquiátrico e inhabilitación profesional impuestas por la Audiencia Provincial de Bizkaia.