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Las claves para compartir un décimo de lotería: "Vamos a tener las dos cosas, la amistad y las cosas claras"

Beatriz Rodríguez, abogada de Abogados Bra, se ha pasado por los micrófonos de Hoy por Hoy San Sebastián

Las claves para compartir un décimo de lotería: "Vamos a tener las dos cosas, la amistad y las cosas claras"

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San Sebastián

Con la reciente celebración de la Lotería de Navidad y pensando ya en la del Niño, surgen muchas dudas sobre qué hacer con el dinero en caso de haber compartido un décimo y que este haya resultado premiado. Por esta razón, Beatriz Rodríguez, abogada de Abogados Bra, ha pasado por los micrófonos de Hoy por Hoy San Sebastián.

En el caso de que el décimo no haya salido premiado, "no hay ningún problema", pero si resulta premiado, Beatriz Rodríguez explicaba que "para poder cobrar la parte del décimo compartido hay que acreditar que es compartido". Una manera de hacerlo es "tener una fotocopia firmada y el porcentaje que juega cada uno en ese décimo", ya que "la ley presupone que, si no se establece de forma clara el porcentaje, va a ser a partes iguales, y no necesariamente ese décimo tiene que estar compartido a partes iguales".

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Otras maneras de acreditarlo pueden ser "mandar un WhatsApp diciendo que compartimos este décimo entre los dos y el porcentaje, o mediante una transferencia si ha sido un encargo, o un Bizum indicando que lo jugamos al 50 %, pero que conste claramente que compartimos ese número y el porcentaje con el que lo jugamos", ya que "si no podemos acreditarlo, quien reclama esa cotitularidad tiene que probarlo y, si no lo acredita, fracasará". Al final, señalaba, "vamos a tener las dos cosas: la amistad y las cosas claras. Vamos a tenerlo acreditado".

Otro punto importante en la Lotería de Navidad es el momento de ir a cobrar el premio. Rodríguez aconsejaba que "vayan a cobrar todas las personas que son copropietarias", sobre todo por "Hacienda", ya que "los primeros 40.000 euros de premio están exentos, pero todo lo que supera los 40.000 euros tiene un impuesto del 20 %". De este modo, "si vamos cuatro, se hace el reparto y, si el premio supera los 40.000 euros, sobre ese exceso se hará el recargo a cada uno, mientras que si va una sola persona se le va a hacer sobre el premio total y, al distribuirlo a los demás, puede ocurrir que Hacienda entienda, si no se acredita de otro modo, que está donando, y a los demás se les cobrará el impuesto de donaciones".

Sin embargo, hay casos en los que el portador del décimo se niega a entregar el dinero a la persona con la que lo ha compartido. En ese tipo de situaciones, lo que hay que hacer es "una reclamación de cantidad" y, en caso de que haya pruebas suficientes, "prosperará".

Como consecuencia, la persona que no ha querido entregar el dinero tendrá "una reclamación de cantidad o incluso una vía penal", aunque lo más habitual es que el proceso termine con la persona afectada recibiendo el dinero.

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